Seguro de caución, la garantía de un acuerdo entre dos partes

Podemos decir que su razón de ser, como sucede en el caso de los avales, es ayudar a garantizar que se respeten las condiciones de un acuerdo alcanzado entre dos partes.

El seguro de caución tiene un gran protagonismo en el mundo empresarial. En ocasiones se suscribe para ofrecer garantías en los acuerdos alcanzados entre empresas, pero puede dar respuesta en otra clase de situaciones; por ejemplo, en caso de que una compañía que haya firmado un contrato con una administración pública; o en el mundo de la promoción inmobiliaria, para proteger a un particular que quiera comprar una casa ante el incumplimiento de la compañía inmobiliaria. Posibilidades existen muchas cuando hablamos de esta clase de seguros.

¿Cuándo se suscribe entonces un seguro de caución? Cuando una de esas dos partes le pide garantías a la otra para asegurarse de que cumple las obligaciones que ha contraído con ella. En caso de que esto no fuera así y el acuerdo se incumpliese, la compañía o persona afectada tendría la tranquilidad de por lo menos poder cobrar -a través de la aseguradora con la que se hubiese suscrito el seguro y dentro de los límites marcados en el contrato- la indemnización que correspondiera.

La ley de contrato de seguro, que data de 1980, ya contempla este tipo de seguro, explicando su razón de ser: “Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro”.

Una diferencia esencial entre el seguro de caución con respecto a otros es que en este caso el beneficiario no es el tomador del seguro, sino el socio de este, que recibirá las indemnizaciones correspondientes por los prejuicios que se hayan sufrido en caso de incumplimiento. Por lo tanto, la empresa asociada a quien contrata este producto se convierte automáticamente en asegurado.

En el seguro de caución hay tres partes en discordia, y no dos como en la mayoría de pólizas: la compañía aseguradora, el tomador (que es el encargado de suscribir el contrato) y el asegurado o beneficiario.

Los seguros de caución tienen la misma función que los avales bancarios, pero gozan de alguna ventaja adicional, pues el cliente no sólo no consume su crédito con la banca, sino que se ahorra posibles gastos de servicio, de apertura y de cancelación. Únicamente debe pagar la prima -que, eso sí, en muchos de los casos suele ser bastante elevada, como corresponde a todo lo que hay en juego-.