La caída en la prueba para obtener una plaza es accidente laboral

Se considera así una caída sufrida por un trabajador interino en las pruebas desarrolladas para obtener la titularidad de la plaza, según establece el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en sentencia de 5 de junio de 2023.

El ponente, el magistrado López-Tamés Iglesias, reflexiona que la jurisprudencia que establece la conexión entre trabajo y lesión opera de forma en sentido amplio, al comprender los supuestos en los que el trabajo es causa única o concurrente de la lesión, como aquellos otros en que actúa como condición sin cuyo concurso no se hubiera producido dicho efecto o éste no hubiera adquirido una determinada gravedad, según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 30 de septiembre de 1986.

El magistrado califica como accidente laboral aquél en que de alguna manera concurre una conexión con la ejecución de un trabajo, bastando con que el nexo causante, indispensable siempre en algún grado, se dé sin necesidad de precisar su significación, mayor o menor, próxima o remota, coadyuvante. Por ello, la jurisprudencia otorga esta calificación cuando no aparezca acreditada la ruptura de la relación de causalidad entre la actividad profesional y el padecimiento, excepto cuando la presunción ceda únicamente ante la prueba cierta y convincente de que el trabajo no ha sido elemento decisivo en la producción del daño corporal sufrido. No se exige, por tanto, que el trabajo sea la causa determinante directa de la lesión, sino que bastan con que el desarrollo de una actividad profesional determine la exposición del sujeto protegido a una serie de riesgos inherentes al trabajo. En todo caso, siempre se requiere la existencia de una relación causal directa o indirecta con el trabajo, lo que excluye la ocasionalidad pura, fuera de la influencia del trabajo.

En este caso, el actor, por motivo del trabajo, se presenta a las pruebas que le habilitan como fijo, y tal accidente se ha producido “con ocasión” de mejorar en su trabajo. Si se quería mantener el puesto y obtener la estabilidad laboral, era imprescindible que el actor se presentara y superara la pruebas. Pero, además, el accidente se produjo cuando tenía que estar trabajando presencialmente y obtuvo permiso para concurrir al examen de oposición para el ingreso en el Cuerpo Técnico Auxiliar, al caerse durante las pruebas de un tablón de equilibro a cuatro metros de altura. Es el desarrollo de una actividad profesional la que ha determinado la exposición.