Seguros para una nueva forma de moverse por la ciudad
Los vehículos de movilidad personal (VMP) han conseguido ya un importante espacio como alternativa de transporte y cada vez son más vendidos y pilotados. Sin embargo, ¿de qué manera se aseguran estos vehículos? ¿Es obligatoria la contratación de un seguro para VMP?
En el último lustro un nuevo medio de desplazamiento individual ha irrumpido con una fuerza tremenda, tanto en el mercado como en la calle. Ya sabrán a qué nos referimos: al patinete eléctrico, dispositivo de transporte que en un abrir y cerrar de ojos se ha extendido a una velocidad de vértigo, tanto que alrededor de un millón de ellos circulan asiduamente por las calles españolas. Ecológico, económico y práctico, no requiere esfuerzo y ocupa poco espacio, aunque su lado oscuro está en su convivencia con el resto de vehículos y los peatones, las normas de circulación y la seguridad. Ha llegado tan deprisa que hay mucho trabajo que realizar en ese sentido.
Es el más popular y utilizado de los vehículos de movilidad personal, aquellos que, independientemente de su número de ruedas, están dotados de una sola plaza, proporcionan una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora y están propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Además del patinete eléctrico, otros VMP son el segway, el monociclo eléctrico y el hoverboard, aunque su uso no sea tan extendido.
Como dijimos antes, queda mucho por trabajar en lo que respecta a su adaptación; en primer lugar en materia legislativa, incluido en lo que refiere a la cobertura aseguradora. Y es que no hay una normativa unificada en toda España con respecto a la contratación de productos aseguradores para los dueños de vehículos de movilidad personal.
En líneas generales no es obligatorio, aunque varias ciudades como Barcelona, Valencia, Pozuelo de Alarcón, Mahón o Benidorm ya lo exigen. De todas maneras, la Dirección General de Tráfico ya ha avisado de que la cuestión está en la agenda, por lo que a no mucho tardar se espera que la necesidad de su contratación se extienda a todo el país. Y todo ello pese a que la nueva Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial no contempla aún la obligación general de contratar el seguro, algo sobre lo que ya se ha pronunciado el Consejo General de Mediadores considerando que supone “un gran error”.
La opinión de los mediadores
Los argumentos que aporta el Consejo son contundentes: “Es inexplicable que no se establezca una unidad de criterio en todo el país dejando la responsabilidad de exigir seguro a decisión de cada ayuntamiento. No tiene sentido que los carritos de golf estén asegurados, a pesar de circular en espacios acotados y privados; y un patinete, que se usa en vía urbana y cuya curva de accidentes no deja de crecer, no lo necesite. Solo el año pasado se produjo más de un centenar de accidentes en España con víctimas, de las cuales seis fallecieron. La ausencia de seguro provocará un aumento de la conflictividad al obligar a los causantes de accidentes a asumir personalmente los daños derivados del siniestro”.
Y es que, aunque en la mayoría de lugares hasta el momento no sea imprescindible, eso no quita para que sea recomendable su contratación. Por lo menos, el seguro básico de responsabilidad civil, que, como ya saben, se hace cargo de los posibles daños causados a terceros. Otras pólizas para vehículos de movilidad personal ofrecen asistencia, amparándonos también como conductores; y algunas van más allá y cubren por daños, incluido en el caso de robo, lo que otorga mucha tranquilidad al cliente.
Pero el mundo del seguro, siempre alerta, también empieza a ofrecer otras coberturas complementarias para este producto, que serán más o menos importantes según elementos como el tipo de vehículo, los lugares por los que transite y el uso que se le dé -y, por supuesto, el punto de vista que tenga cada usuario-. Por ejemplo la de defensa jurídica, tanto penal como civil, además de la reclamación de daños; o la cobertura médica ante posibles lesiones producidas.
La alternativa del seguro de hogar
Otra opción, aunque de momento no sea tan conocida, es la de asegurar su medio de desplazamiento individual a través de su seguro de hogar. Y es que varios productos del ramo ofrecen la posibilidad de incluir entre sus garantías un seguro de responsabilidad civil para quienes dispongan de un patinete eléctrico -o monociclo, segway, hoverboard, etcétera-.
Así que una buena manera de asegurar su vehículo de movilidad personal puede ser a través de un seguro de hogar que contemple su cobertura. Eso sí, al no tratarse de un producto específico lo más probable es que únicamente ampare la responsabilidad civil, por lo que si se quisiera contar con más garantías -asistencia, robo, cobertura médica, defensa jurídica- habría que contratar un seguro de vehículo de movilidad personal aparte.