Nuevas medidas de apoyo a empresas y autónomos

La situación económica dificulta a los trabajadores por cuenta propia y a los empresarios continuar con su actividad. El Consejo de Ministros ha aprobado más medidas para apoyar a ambos sectores en este momento complicado.

En este tiempo en el que la situación económica aprieta o ahoga a tantos empresarios -especialmente a las pymes, que cuentan con menos recursos- y a los autónomos resulta esencial la aprobación de medidas de apoyo a quienes conforman el tejido empresarial español. Vamos a poner al día acerca de las nuevas medidas aprobadas por el poder ejecutivo a estos profesionales que trabajan y generan trabajo, directa o indirectamente, y que ahora necesitan de ayuda para salir adelante y seguir con sus negocios.

El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto-ley de medidas urgentes en el ámbito financiero y concursal, con el fin de apoyar la liquidez y solvencia tanto de los empresarios como de los autónomos. Repasamos algunas de las principales medidas adoptadas: El plazo de concesión de las dos líneas de hasta 140.000 millones de euros de avales públicos gestionadas por el ICO se amplía hasta el 30 de junio. Las empresas y autónomos que lo soliciten dispondrán de una ampliación en el vencimiento de los préstamos para liquidez de hasta tres años adicionales, con un máximo de ocho. Además, dispondrán de un plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses.

Autónomos y empresarios podrán beneficiarse de los avales de la línea de 40.000 millones para liquidez e inversión aprobada en julio. El primero de los tramos permitirá a empresas que se encuentren en convenio concursal y estén al corriente de sus pagos acceder a financiación avalada, bien a través de entidades financieras o de financiación canalizada a través del Mercado Alternativo de Renta Fija. Con cargo a este nuevo tramo, se destinarán 2.550 millones de euros.

Se extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario; y se amplía también el plazo de las medidas de inadmisión a trámite por el juez de las solicitudes de incumplimiento de convenio que presenten los acreedores y sobre el acuerdo de refinanciación.

El umbral de capitalización recogido en la Ley de Mercado de Valores (a partir del cual una empresa debe solicitar que la negociación pase de un mercado de pyme en expansión a un mercado regulatorio) se eleva de 500 a mil millones de euros. Y se aumenta el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos cuando no esté previsto en sus estatutos.