El autónomo será el más afectado si sube el periodo de cálculo
De media, un incremento de 25 a 35 años en periodo cotizado recogido para el cálculo de la pensión supondrá un merma de la pensión incial del 8,6% de media, por debajo del 10,3% que descontarían los trabajadores por cuenta propia.
Tras el acuerdo para la primera parte de la reforma del sistema público de pensiones, tanto los expertos como los agentes sociales y el propio Ejecutivo asumen que los aspectos más espinosos del plan de medidas se debatirán en la segunda parte de la negociación, el próximo 2022. Uno de los elementos que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dejado pendientes es de la ampliación de los años cotizados para el cálculo de a pensión. A comienzos de este año se especuló en base a las filtraciones de documentos que habrían sido remitidos a Bruselas que se exploraría la ampliación de los 25 años cotizados a los 35 años, para el cálculo de la base reguladora de la prestación de jubilación. Si bien en el documento final, aprobado por la Comisión Europea no se refleja el número concreto de años en los que se ampliaría el periodo de cálculo, sí que se referencia que será una de las medidas que entren en vigor como parte de la reforma del sistema público. Aquí, fuentes cercanas a la negociación aseguran a este medio que es una de las medidas que se pondrán en la mesa de diálogo social para la segunda pata de la reforma, aunque aclaran que el eventual aumento de años cotizados para el cálculo iría acompañado de una prebenda por la cual las lagunas de cotización -periodos en los que el trabajador no ha podido aportar a la Seguridad Social por cortes en su actividad laboral- serían compensadas por el Estado.
Sin embargo, sea cual sea la decisión que se adopte en la mesa de diálogo este aumento de años cotizados para el cálculo de la pensión es una de las vías que los partidos políticos reseñan en las recomendaciones del Pacto de Toledo para aumentar la contributividad del Sistema. Es decir, para que cada vez sea más correlativa la pensión al volumen de cotizaciones realizadas durante la vida laboral. Por ello, llaman los partidos en esa recomendación a progresivamente elevar la contributividad del Sistema, en lo que también se plantea una integración de los regímenes especiales de la Seguridad Social para facilitar el proceso.
Si bien no necesariamente el aumento del periodo de cálculo debe suponer de entrada una rebaja en la cuantía de la pensión inicial de jubilación, -puede ocurrir que un trabajador se haya visto perjudicado por un corte de su carrera laboral en los últimos años, previos a la jubilación, caso en el que la medida le beneficiaría suponiendo una mejora de la prestación en comparación a si se hubieran tomado 25 años cotizados en lugar de 35 años- en la mayoría de los casos, por la simple senda ascendente de remuneración que se presupone en todos los puestos de trabajo, esta ampliación cogería más años de los iniciales, menos fructíferos, empeorando así el cálculo de la pensión.
Concretamente, los cálculos elaborados por el Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social, esta medida supondría de media para los pensionistas un recorte en la cuantía inicial de la paga del 8,6%. Sin embargo, si diferenciamos entre el régimen general de trabajadores asalariados y el régimen de autónomos se aprecia una notable diferencia. Si los asalariados asumirían de media una reducción de las pagas también del 8,6%, los autónomos verían elevarse este recorte hasta un 10,3%. “El régimen de autónomos saldría más perjudicado, con una bajada del 10,3%, frente al 8,6% de reducción en el régimen general, debido a que en el de autónomos no se integran las lagunas de cotización, es decir, los meses no cotizados computan con cero euros, penalizando fuertemente el valor de la base reguladora”, apuntan los autores del estudio.