Elevar la edad real de jubilación aumentará los costes a medio plazo

Para 2050, retrasar un año el retiro efectivo de los españoles elevaría la factura en un 0,3% del PIB. No aplicar sanciones a jubilados anticipados explica el alza de gasto a largo plazo, ya que además estos son los casos con mejores carreras de cotización, más estables y con cuantías de jubilación más elevadas

La reforma de pensiones se encuentra en su fase decisiva, en la mesa de diálogo social, donde se discute con empresarios y sindicatos los aspectos técnicos de las modificaciones que sufrirá la ley de Seguridad Social. Uno de estos puntos es el endurecimiento de las jubilaciones anticipadas, que es la opción de retiro elegida por el 40% de los trabajadores españoles y supone que el Estado deja de ingresar cada año 1.150 millones de euros. La intención del ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, es articular un esquema de penalizaciones e incentivos que sirvan para acercar la edad real de jubilación (64,5 años) a la edad legal (66 años desde 2021), endureciendo los coeficientes reductores y aumentando los de mejora. Ahora bien, según los expertos, en el medio y largo plazo, el hecho de que los pensionistas estirasen su estancia en el mercado laboral un año más, lejos de resolver parte del gasto de las pensiones -el Ejecutivo prevé resolver por esta vía un 25% del déficit del Sistema-, supondría un aumento del mismo, del 0,3% del PIB en 2050.

Los cálculos elaborados por el Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social (GIPPS) de la Universidad de Valencia y de la Universidad de Extremadura sobre el impacto financiero que tendría el retrasar la edad real de jubilación un año, recogen una proyección a largo plazo de qué ocurriría con esas personas que estiran su estancia en el mercado laboral durante un año. Asumiendo como hipótesis que todos los que se iban a jubilar en 2019 retrasan un año la edad de jubilación -no solo los de anticipada (para apreciar el impacto actuarial a largo plazo)-, se produciría un ahorro en ese primer año de unos 4.000 millones de euros -el 0,32% del PIB de ese ejercicio-, teniendo en cuenta la pensión que no van a cobrar ese año y la mayor cotización que tendrían que hacer. Pero a partir de ese momento las pensiones serían mayores que si se hubiera jubilado el año anterior. Ese ahorro iría disminuyendo hasta que a partir de 2035-2040 ya supondría un mayor gasto en términos de caja. En 2050 llegaría a suponer un mayor gasto de un 0,32% del PIB de ese año.

En el caso de los que se iban a jubilar anticipadamente, la explicación está en el impacto directo que tienen los coeficientes de penalización sobre el valor de pensión. Así, explican los expertos que solo supondría un ahorro en el primer año que se retrasara, pero en los siguientes años la pensión sería mayor -entre un 6% y un 8% (las jubilaciones anticipadas implican una reducción media de entre el 6% y 8% cada año, por lo que el ejercicio recoge el impacto de retrasar un año esta salida del mercado laboral, es decir, las penalizaciones que dejarían de aplicarse)-. Además, actuarialmente el jubilado que retrasara un año la jubilación recibiría más en valor actual actuarial, es decir, elevaría el coste actuarial para la Seguridad Social, consecuencia de que las penalizaciones por anticipar la jubilación son demasiado altas; pero esto también se traduce en un mayor gasto en términos de caja.

Pocos incentivos para la demora

Sin embargo, los que retrasen la edad de jubilación desde la edad ordinaria o posterior, sí que generarían un mayor ahorro en términos actuariales. Es decir, el menor gasto del primer año que se retrasara la jubilación sería superior que el mayor gasto de los años siguientes, debido a que las bonificaciones por retrasar la edad (entre un 2% y un 4%) son inferiores a las que teóricamente les correspondería. Entonces, como el número de personas que se jubilan a la edad ordinaria y posterior es mayor, este ahorro compensa el mayor gasto de los que se jubilan anticipadamente, en términos actuariales, aunque su valor es muy pequeño.

El Ministerio solo informa del ahorro en términos de caja, mientras que el enfoque del GIPPS es doble, desde el punto de vista de caja y también desde un punto de vista actuarial, que es el mejor modo de analizar esta problemática. En este último caso, sí que se produciría un ahorro muy pequeño en 2050, concretamente del 0,03% del PIB, que se podría interpretar como el cobro adicional que se recibiría ese año como consecuencia de la aplicación de la nueva medida correspondiente a la jubilación de la cohorte de ese mismo año.

Sobre la legislación actual

Cabe recordar en este punto, que la proyección se realiza sobre los parámetros de la legislación actual. Uno de los puntos que también está valorando el Gobierno en materia de endurecimiento de las jubilaciones anticipadas es trasladar el impacto de la penalización no sobre la base reguladora como ocurre actualmente, sino sobre la cuantía de la pensión. “Lo que sí generaría un mayor ahorro”, tal y como reconocen los expertos. Si bien también generaría mayores recortes en la paga inicial para quienes anticipen el retiro laboral.

En este sentido, la intención es la de establecer un marco que por un lado incentive la permanencia en el puesto de trabajo más allá de la edad legal al tiempo que haya desincentivos para adelantar ese retiro. El principio argumental es claro: las penalizaciones en las pagas de jubilación se aplican sobre la base reguladora del eventual beneficiario de la pensión. Si el sueldo es alto, el porcentaje de reducción que se aplica a su base puede implicar que incluso una vez descontado este porcentaje la base siga por encima y le corresponda la pensión máxima. En un cálculo medio, se estima que la penalización en la pensión es del 2% en las rentas altas que adelantan dos años su retiro –serían rentas a partir de los 48.000 euros anuales–.

Sin embargo, si nos vamos a la misma lectura en las rentas más bajas esta penalización para el mismo tiempo de anticipación (2 años antes de la edad de jubilación) es hasta cuatro veces mayor. La argumentación es exactamente la contraria a la de las rentas más onerosas: al contar con bases reguladoras medias que dan derecho a pensiones medias, es decir, no optan a la máxima jubilación ni cotizan por el máximo, la penalización en su base reguladora impacta en su totalidad en la cuantía de la pensión. De este modo, según la Seguridad Social, con una base media y más de 44 años y seis meses cotizados, la penalización se sitúa en torno al 6,5% por dos años de adelanto de la salida del mercado laboral. En el caso de una base media, pero con 36 años cotizados, la penalización por un abandono del mercado laboral a los 63 años en lugar de a los 65 años, el porcentaje de reducción sobre la pensión asciende al 8%. En ambos casos, se considera como base media de cotización 19.200 euros anuales. Según los expertos consultados por elEconomista, es que por cada año que se le gane a la edad real de retiro de los trabajadores (64 años) se reducirá un 25% el déficit de la Seguridad Social, es decir, se recaudarían 4.500 millones más.