Las EPSV del País Vasco: cómo el ahorrador es ‘dueño’ de su inversión

Este producto de previsión social complementaria se puede contratar de forma individual o como empleado de una compañía. Permite recuperar las aportaciones a los 10 años aunque se configura como un producto destinado a dotar de una prestación complementaria a la pensión de la Seguridad Social.

En el mercado hay una amplia oferta de productos de ahorro destinados a afrontar la jubilación, con opciones adaptadas a todo tipo de perfiles y preferencias. Planes de pensiones, seguros de ahorro, Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS). Pero, además, los residentes en el País Vasco también disponen de las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), un instrumento de ahorro individual o de empresa. Las EPSV permiten generar ahorro de forma periódica y a largo plazo, con el fin de pagar una pensión complementaria a la de la Seguridad Social.

“Su funcionamiento es el mismo que el de los planes de pensiones: invertir recursos económicos de forma conjunta en los mercados financieros para obtener un rendimiento”, explica el subdirector general de vida de Seguros Bilbao, José Manuel Morais. La diferencia que aleja a las EPSV de otros productos de ahorro es que éstas tienen personalidad jurídica, es decir, no existe una entidad gestora que administre las aportaciones, sino que son los propios ahorradores, como socios, los que gestionan la entidad. Y por esto, no tiene ánimo de lucro.

Otra de sus particularidades es que están reguladas y supervisadas por la administración vasca, en lugar de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Entre sus principales ventajas destacan los beneficios fiscales. En los planes individuales de las EPSV, cualquier persona física que realice aportaciones puede deducir de la base imponible del IRPF hasta 5.000 euros anuales y hasta los 8.000 euros cuando se trate de contribuciones empresariales. En cualquier caso, el límite conjunto no debe superar los 12.000 euros. Además, de igual forma que en las pensiones, las EPSV también pueden contribuir en favor del cónyuge en la declaración de la renta, deduciendo un máximo de 2.400 euros.

En lo que se refiere a la recuperación del capital, hay que tener en cuenta que tanto las aportaciones como el rescate de las EPSV tienen la consideración de rendimientos de trabajo a la hora de hacer la declaración de la renta.

Aun así, las EPSV disponen de un trato más favorable a la hora de recuperar el dinero en forma de capital que en los planes de pensiones porque, si en la EPSV, habiendo transcurrido dos años desde su formalización, retiramos el capital de forma total o parcial, se integrará el 60% de dicho capital con el límite de 300.000 euros, en la base imponible general del IRPF.

Cabe señalar que cada persona debe de analizar su situación personal, ya que la cantidad ahorrada se suma a la pensión o salario anual, por lo que, los ingresos aumentan y, con ello, el importe de los impuestos a pagar se incremente. Se recomienda a los ahorradores no recuperar el capital el primer año de la jubilación, sino hacerlo en los años posteriores, puesto que los ingresos de las pensiones siempre son menores al salario percibido.

Otro de los beneficios de disponer de un EPSV individual es que permiten recuperar la inversión una vez transcurridos 10 años de la primera aportación. Aunque existen una serie de excepciones para recuperar el dinero de manera anticipada como son la jubilación, la incapacidad, el fallecimiento, una enfermedad grave o el desempleo de larga duración.

Las EPSV, a su vez, tienen una limitación principal. Este producto es exclusivo para residentes en el País Vasco. Si se cambia de residencia fiscal y se presenta la declaración del IRPF en otro territorio, no se podrán desgravar las aportaciones en las EPSV.