Alba Urresola, presidenta de la Autoridad Vasca de la Competencia: “Hay que trabajar con la CNMC un nuevo reparto de competencias acorde con Europa”

El desplome económico hace muy necesaria la labor de la Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) para corregir los desequilibrios del mercado. Así, su presidenta, Alba Urresola, pide replantear el reparto de competencias con la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC), de forma coherente y descentralizada.

Desde que llegó en 2017 a la presidencia de la AVC, Alba Urresola trabaja con el objetivo de visibilizar la función de la autoridad y mostrar a la sociedad la importancia de la tolerancia cero ante prácticas anticompetitivas. Formada en Derecho en Deusto, Derecho público en Burdeos y Derecho europeo en Brujas, entre otros, Alba Urresola cree que el reparto de competencias con la CNMC tiene “un margen de mejora sustancial”.

¿Cuándo se puso en marcha la Autoridad Vasca de la Competencia? ¿Con qué objetivos?

Como organismo autónomo se crea en 2012 por una Ley del Parlamento vasco, pero anteriormente estaba dentro del departamento de Hacienda como servicio de Defensa de la Competencia y el Tribunal de Defensa de la Competencia, desde 2005. La AVC está adscrita a Economía y Hacienda y somos 14 trabajadores. La competencia sirve, fundamentalmente, para corregir desequilibrios en los mercados. La materia de competencia se dirige a aportar mayor igualdad en el funcionamiento de la economía liberal y a que la economía sea un poco más justa.

¿Qué funciones principales desempeña?

Contamos con dos grandes bloques de funciones: la actividad sancionadora, es decir, la intervención cuando ya se ha cometido una infracción de competencia. Aquí, corregimos esa infracción aplicando la Ley de Defensa de la Competencia 15/2007. Por otro lado, tenemos otro bloque de actividad que es la promoción de la competencia, un conjunto de herramientas que se dirigen a implantar una cultura de competencia en la sociedad, entre los operadores económicos, y en la administración pública: cursos, aprobación de un informe sobre una norma, la impugnación de un decreto o un estudio de mercado sobre un sector concreto.

¿Para qué sirve la competencia y su regulación eficiente?

Hay un error muy extendido que es asociar la competencia con tendencias neoliberales en la economía y nada más lejos de la realidad, porque precisamente la competencia lo que aporta es ese equilibrio en los mercados ante un fallo o abuso de poder. De hecho, el antitrust nació en Canadá y Estados Unidos para hacer frente a los abusos de las grandes corporaciones. Y, hoy en día, también es una herramienta que tanto Naciones Unidas como la Unión Europea utilizan en sus acuerdos de cooperación con países en vías de desarrollo. La competencia es uno de los requisitos que imponen para cooperar.

¿Cuándo una competencia deja de ser libre y se convierte en competencia desleal?

La Ley de Defensa de la Competencia, que es la que aplicamos, prevé tres tipos de infracciones: los pactos colusorios o acuerdos, el abuso de posición y dominio, y los actos de competencia desleal, que supone una infracción de competencia. Y es importante distinguir lo que es la competencia desleal de lo que es una infracción propiamente de competencia, porque un acto de competencia desleal, esto es una infracción de ámbito mercantil que está regulada por su propia ley de competencia desleal, solamente es contrario a la competencia cuando afecta al interés general. Por ejemplo, una publicidad engañosa en sí es un ilícito mercantil, pero si tiene una magnitud o un ámbito tal que afecta al interés general sí es sancionable desde el punto de vista del artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia.

¿Cómo interviene la AVC?

El procedimiento sancionador de competencia es el que regula la ley de Defensa de la Competencia y su reglamento se divide en dos fases independientes: la fase de instrucción, que corresponde a la dirección de investigación, y la de resolución, en manos del Consejo. Es un procedimiento sancionador especial y muy garantista; está sujeto a un plazo de 18 meses, es decir, desde que se incoa formalmente un expediente sancionador, la resolución tiene que estar en ese plazo. Somos de los pocos países europeos sujetos a un plazo para la tramitación del expediente de Competencia.

Las sanciones y multas, ¿son correctivas?

Las multas son correctivas porque en la determinación de las sanciones se tienen en cuenta muchos factores y uno de ellos es el beneficio ilícito que han obtenido los infractores. Pero también deben ser disuasorias y de ahí los altos importes en las sanciones de Competencia. La Ley marca que pueden llegar hasta un 10% del volumen de negocio anual mundial, con lo cual pueden ser multas astronómicas. También hay otros mecanismos sancionadores como la sanción a directivos o la prohibición para contratar, que tiene su importancia no tanto en lo económico, pero si en reputación y en el negocio. Pero además de correctivas y disuasorias, las sanciones tienen que ser proporcionadas. Es un cóctel complicado y la proporcionalidad es importante de ahí que los tribunales pidan mayor motivación en la determinación de las sanciones y demás.

¿Hay un control y vigilancia posterior?

La vigilancia de las resoluciones está prevista en el reglamento y no se dirige solo a vigilar si se ha pagado o no la sanción, sino también a vigilar que se ha cesado con la conducta o cualquier otra cuestión que la autoridad contemple en la resolución. Y hay que tener en cuenta que todas las resoluciones de la AVC están sujetas a la revisión jurisdiccional, la garantía de que todas las resoluciones están sujetas a la revisión, en nuestro caso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y, posteriormente, del Tribunal Supremo si tienen interés casacional.

¿Se ha dado algún caso de reincidencia?

En cuestiones de vigilancia no ha habido reincidencia, porque las multas son tan elevadas que se quitan las ganas.

¿Es la actividad de la AVC homologable a la de la CNMC?

La AVC no tiene una dependencia jerárquica de la CNMC. Nuestra relación se basa en la coordinación de funciones, porque son similares en materia de competencia al regirnos por la misma Ley y, además, la CNMC abarca los sectores regulados, y nosotros en eso no tenemos competencia. Nos diferencia el ámbito de actuación, ya que la AVC solo puede actuar cuando los efectos de una conducta anticompetitiva tienen lugar íntegramente en Euskadi, y resalto íntegramente, aunque los implicados sean empresas vascas. Por eso, a nuestro juicio, el reparto de competencias en nuestra disciplina con la CNMC tiene un margen de mejora sustancial. Este reparto competencial con la CNMC surge de un conflicto en el Tribunal Constitucional, con ciertas disfunciones que no se han corregido y hay cierta vis atractiva hacia Madrid. Buscamos la coordinación y que el sistema de reparto de competencias en nuestra disciplina tiene un margen de mejora sustancial.

¿Cómo podría mejorarse ese reparto?

Creo que la evolución de la normativa y de nuestro marco debe ir hacia una autoridad más independiente, porque, aunque tenemos independencia total en la toma de decisión, es verdad que, a otros niveles orgánicos y funcionales, como gestión de recursos humanos, gestión presupuestaria, etc. la tendencia europea es dotar de mayor independencia a las autoridades de competencia. Volviendo al tema del reparto de competencias, no se trata de tener más competencias sino una forma diferente de repartirlas, porque no es un sistema coherente con el resto de reparto de competencias en otros ámbitos. Ahora que hay que aprobar nueva normativa a nivel estatal, es el momento de replantear esto y que el sistema funcione acorde a la descentralización que tiene que haber.

Comenta que habrá nueva normativa, ¿para cuándo está prevista?

Se está trabajando en la modificación de la Ley de Defensa de la Competencia, porque hay que implementar la directiva europea ECN+ que pretende reforzar las funciones y recursos de las autoridades y su independencia. Por ello, es el momento para que la autoridad vasca también se adecúe a ese marco europeo y a esas normas en cuanto a recursos, independencia, funciones, etc. Y se hará una vez se apruebe la Ley de Defensa de la Competencia, que es estatal.

Un objetivo fundamental de la AVC es visibilizar su labor y que se tenga presente como órgano consultivo en Euskadi, ¿por qué busca el reconocimiento en la sociedad?

Desde el principio de este mandato ha sido fundamental acercarnos a la sociedad, a los operadores económicos y a las instituciones públicas. Nuestra actividad al final acaba afectando al ciudadano y, en este sentido, desde el año pasado incluimos en nuestro plan de acción estar enfocados a cuestiones que pueden afectar a colectivos vulnerables. Nuestra labor tiene que ser de utilidad social y aunque nuestros clientes en primera instancia pueden ser las empresas y las instituciones, al final todo redunda en un efecto en el consumidor y el ciudadano.

¿Qué balance realiza de 2020? ¿Ha afectado la pandemia a la actividad?

Sí, ha sido un año muy atípico. Hemos trabajado 108 expedientes: 76 asuntos han sido de promoción y 32 de defensa de la competencia. También, se han realizado inspecciones en cinco empresas. En comparación con 2019 la actividad ha sido similar, con 114 expedientes, pero si han surgido temas relacionados con el Covid, que afectaban a la apertura de establecimientos, de los decretos del estado alarma, horarios, consultas, etc. y en la cuestión más sancionadora, denuncias de precios excesivos en mascarillas, hidrogeles, etc. que se pasaron a la CNMC para coordinar de forma global.

¿Cuántos expedientes tienen en marcha en el ámbito sancionador?

Aparte de varias investigaciones, tenemos cuatro expedientes sancionadores incoados: servicio de mantenimiento de radares meteorológicos, sobre la distribución de un producto para fumigar para transporte marítimo, otro en el sector del hormigón, y en comisiones de las inmobiliarias.

¿En qué fase está el tema de las VTC?

Actualmente tenemos dos decretos autonómicos impugnados por entender que suponen una barrera de acceso al mercado: el tema de las VTC y la Inspección Técnica de Edificios, que a nuestro juicio supone una reserva de actividad en favor de arquitectos y arquitectos técnicos. Sobre las VTC, entendemos que se ha querido proteger a un sector en detrimento de otro. Este año se conocerá la sentencia.

En la nueva realidad económica, ¿cree que es más necesaria su labor? ¿Por qué?

Sí, sin duda. El desplome económico hace que la función de la AVC sea más necesaria. En esta situación ante casos de prácticas anticompetitivas debe haber tolerancia cero y ahí está nuestra función para garantizar que no se produzcan. También es importante el estudio de la buena regulación económica, para garantizar que toda la normativa que afecta a la actividad económica sea eficiente, necesaria y proporcionada. Libre competencia y regulación muchas veces se ven como polos opuestos, pero son áreas complementarias. La regulación tiene que existir, una normativa proporcionada y que no cree obstáculos en el mercado. Y eso acompañado de la actividad sancionadora, cuando se detecten prácticas anticompetitivas.

¿Qué novedades presenta la estrategia 2021?

La novedad es que en esa visión para que nuestra actividad revierta en la sociedad hemos alineado nuestra estrategia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas, lo que va a ayudar a medir mejor el impacto social.