La competencia, una herramienta social en tiempos de crisis

Vivimos una situación inédita que pasará a los libros de historia como lo hizo la peste negra o la llamada gripe española. Ante estas circunstancias tan excepcionales, no cabe duda de que lo prioritario es hacer frente a la emergencia sanitaria pero no se pueden dejar de lado otras actuaciones, principalmente en el ámbito económico, dirigidas a minimizar las consecuencias de esta crisis.

En estos momentos la situación de la economía y de los mercados genera gran preocupación y, a nivel de la política de competencia, la gravedad de los acontecimientos requiere también utilizar las funciones de los organismos que, como “Lehiaren Euskal Agintaritza/Autoridad Vasca de la Competencia” (LEA/AVC), tienen la misión de garantizar y promover el buen funcionamiento de los mercados.

No debe perderse de vista que el fin último de la competencia, como principio de la economía de mercado, no es otro sino garantizar el equilibrio en el funcionamiento del sistema. La competencia busca evitar abusos, ya sea por las actuaciones de algunos operadores económicos que gozan de una posición de dominio en el mercado, o también por la existencia de pactos o acuerdos ilícitos que buscan repartirse el mercado, impedir el acceso a otros competidores o fijar artificialmente los precios. Estas conductas que quiebran las reglas del juego afectan en primer lugar y de forma muy directa a las propias empresas que se ven privadas de la posibilidad de competir en base a criterios de calidad, innovación o precios. Pero además, la actividad de las autoridades de competencia dirigida a evitar o sancionar pactos colusorios supone también una medida de protección hacia los consumidores y hacia la propia administración pública como gran compradora de bienes y servicios.

Los efectos nocivos se hacen aún más evidentes en una situación como la actual, en la que el mercado está muy expuesto a que se produzcan comportamientos colusorios o actuaciones abusivas por parte de algunos operadores económicos. Frente a esto, LEA/AVC, como autoridad de competencia en Euskadi, se encuentra preparada para llevar a cabo acciones que ayuden a restablecer ese equilibrio en el mercado, tanto con funciones de vigilancia y promoción de la competencia para prevenir posibles infracciones, como por la vía sancionadora cuando la conducta ilícita se hubiera cometido.

Por supuesto que vienen tiempos en los que la colaboración es y será necesaria, y más aún ante el parón económico que supone el cierre de la actividad industrial en Euskadi y su impacto a medio y largo plazo. No obstante, debe recalcarse que cualquier colaboración no está justificada. En la actual coyuntura de confinamiento social y en ciernes de una recesión económica, la sociedad no debe asumir como válidas colaboraciones empresariales que no tengan un fin legítimo, sino que, al contrario, busquen un enriquecimiento o aprovechamiento particular.

Ese es actualmente uno de los principales retos para LEA/AVC y el resto de autoridades de competencia: identificar los sectores en los que se pueden producir conductas colusorias en el contexto actual, desplegar en dichos ámbitos funciones preventivas de promoción y difusión de la competencia y, en última instancia, perseguir conductas reprochables mediante las herramientas legales vigentes.

Algunos mercados críticos, como la compra y distribución de material sanitario o la gestión de instalaciones hospitalarias, ya han sido en parte objeto de intervención pública, intervención amparada en el interés general y a la que por supuesto debe exigirse la máxima eficacia. Más allá de esas medidas enmarcadas en el Decreto de alarma, las autoridades de competencia asumen una responsabilidad especial orientando sus actuaciones a garantizar una correcta dinámica competitiva.

Esto pasa, en algunos casos, por un enfoque más flexible de ciertas normas. Así está ocurriendo en otras jurisdicciones como la estadounidense donde se han permitido los acuerdos entre hospitales privados, o en el Reino Unido que ha permitido cierta colaboración entre supermercados con vistas a garantizar el abastecimiento de productos alimentarios. Así, ciertos acuerdos empresariales podrán ser aptos desde un punto de vista de competencia, siempre que se puedan enmarcar en el contexto de la crisis sanitaria y estén dirigidos a productos o mercados sensibles para combatir la crisis o paliar sus consecuencias. Esa colaboración entre empresas debe estar amparada en un objetivo, como es el de la innovación sanitaria, la salud pública, el abastecimiento de los mercados esenciales o la seguridad.

Otros supuestos requieren, sin embargo, estar alerta a fin de evitar posibles abusos o comportamiento reprobables. Por ello, otro reto para LEA/AVC se centra en vigilar la aplicación de precios excesivos en algunos productos. Las subidas de precios que no se justifiquen económicamente pueden originarse por una situación de dominio de una determinada empresa en un segmento del mercado, pero también se puede deber a un acuerdo entre distintos operadores económicos. Se trata de fallos del mercado que no resultan aceptables y que repercuten negativamente en el consumidor, ya sea una persona física, una empresa o la propia Administración Pública.

En un momento de crisis como el actual, los mercados requieren de instrumentos de control que ayuden a frenar abusos o situaciones que generen aún más desigualdad. LEA/AVC trabaja en ese sentido, priorizando una labor preventiva que contribuya a evitar ciertos comportamientos en el mercado. Como organismo que tiene encomendada la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia en Euskadi, también dispone de una función de control a través de la potestad sancionadora en materia de competencia. En los próximos tiempos estas herramientas pueden ser útiles para restablecer el equilibrio en el mercado vasco y abordar, lo antes posible, una etapa de vuelta a la actividad y de recuperación económica.