Cuándo y cómo aprovechar fiscalmente las pérdidas salvajes

Si ha vendido durante los desplomes de las bolsas con minusvalías, puede sacar partido de cara a la declaración de la renta de los próximos años. También existen casos en los que puede llegar a ser interesante plantearse vender. La clave es saber cómo compensar

El pánico se propagó a finales de febrero por los mercados financieros, donde se adelantaron las consecuencias económicas de la pandemia. Muchos inversores particulares se han visto obligados a tomar una difícil decisión: vender acciones o retirar dinero de un fondo. Algunos forzados por el miedo, otros por la necesidad, otros no dispuestos a ver más desplomes; aunque para ello asumieran pérdidas. Incluso habrá quien haya salido no tanto por decisión propia sino por las órdenes condicionadas a niveles, los conocidos como stop loss, que saltaron por los aires en días de infarto.

Basta comentar algunas cifras para entender las minusvalías salvajes ocasionadas por algunos activos. Solo en bolsa española, más de un 85% de valores del Ibex arrastra caídas de doble dígito en el año, y todos los fondos de renta variable española, sin excepción, se sitúan en terreno negativo, con pérdidas medias que superaban el 30% a principios de semana, según Morningstar. La estampa no es muy dispar en el resto de mercados.

Si, por la circunstancia que sea, ya se ha vendido aceptando pérdidas, no hay que olvidar que esas minusvalías pueden convertirse en un aliado para bajar la factura fiscal en las próximas declaraciones de la renta. En el actual IRPF se contempla la opción de emplear esas pérdidas para compensar ganancias de otros activos, no solo financieros, y bajar así el importe por el que se tributa. Tanto que incluso conviene, desde una óptica fiscal, hacer números y plantearse vender con minusvalías en el caso de algunos contribuyentes.

“Si en este mismo ejercicio ya se hubiese hecho una venta donde se hubiese obtenido una elevada ganancia patrimonial o se espera obtenerla por la venta de un inmueble u otro elemento patrimonial, sería interesante proceder a la venta de aquellos productos o elementos patrimoniales en los que no se espera una recuperación a corto-medio plazo”, apunta Bárbara Pardo De Santayana, socia responsable de Movilidad Internacional de People Advisory Services de EY. La experta, en cambio, no recomienda vender si no se tiene previsto obtener ganancias en un plazo “moderado”, ya que se correría el riesgo de perder la posibilidad de compensar a pesar que de que la ley permita emplear las minusvalías en los cuatro ejercicios siguientes.

Cómo compensar

En la práctica, ¿cómo saber si se pueden aprovechar esas minusvalías? ¿Son útiles para compensar todas las ganancias? La clave está en entender cómo funciona esa parte del IRPF. Dentro de la base del ahorro se hace una diferenciación entre los rendimientos del capital mobiliario -donde se incluyen intereses de cuentas corrientes y depósitos, dividendos, cupones de bonos o productos como los seguros, los PIAS o los planes ahorro 5- y las ganancias patrimoniales -que abarcan lo obtenido en la venta de acciones, fondos, ETF, sicavs, derivados, divisas..., pero también de inmuebles-.

La regla de oro es que estos dos compartimentos se suman siempre entre ellos separadamente. Y esa regla puede romperse con una limitación del 25% si después de todo esto siguen quedando minusvalías que puedan aprovecharse.

Para entenderlo mejor, Paula Satrústegui, socia de planificación patrimonial de Abante, lo ilustra con un ejemplo. En su supuesto parte de un invers or que este año logra cobrar dividendos por 3.000 euros pese a los recortes de muchas empresas, a lo que suma 1.000 euros de intereses en cuentas corrientes. Hasta aquí su factura por los rendimientos del capital mobiliario sería de 4.000 euros. Por la otra parte, decide vender acciones asumiendo pérdidas de 10.000 euros. Y, a su vez, pese a las caídas, en un fondo de inversión tiene acumuladas ganancias de 1.000 euros que decide recoger antes de que se desvanezcan. En este segundo caso, se quedarían unas pérdidas patrimoniales de 9.000 euros.

Hasta aquí, los 10.000 euros de minusvalías de las acciones habrían servido para compensar 1.000 euros ingresados con el fondo. Pero como está permitido usar un 25% de los rendimientos del capital mobiliario, la reducción es mayor. En el ejemplo, sería una cuarta parte de los 4.000, es decir, 1.000 euros. Por tanto, para este contribuyente sus rendimientos del capital mobiliario a declarar son 3.000 (4.000 menos 1.000) y las ganancias patrimoniales cero (por ser pérdidas). En total, solo irían a la base del ahorro los 3.000 euros. Para emplear las pérdidas que no ha terminado de aprovechar (8.000 euros), dispone de cuatro años.

La experta de Abante considera la compensación como la vía más significativa este año para reducir la factura fiscal, ya que la experta asume mucho más complicado, dada la situación económica que deja el Covid-19, realizar aportaciones a planes de pensiones para desgravar o realizar amortizaciones anticipadas de hipotecas. Recuerda, eso sí, la posibilidad que ofrecen los donativos a ONG y otras organizaciones para bajar la factura.

Por su parte, Bárbara Pardo De Santayana, de EY, también sugiere que si no quiere venderse totalmente un activo se estudie “una donación a un miembro de la unidad familiar (primer o segundo grado)”, quien tributará por el Impuesto sobre donaciones, que en comunidades como la de Madrid está bonificado al 99%. Así, explica, “se podría minimizar el impacto, pudiendo lograr una ganancia a futuro y a la vez haber aprovechado la pérdida patrimonial”.