Cerca de 1,7 millones de familias reducirán sus facturas de gas un 50%

El Gobierno ha aprobado varias medidas que afectarán positivamente a los consumidores de gas. Entre ellas destaca la nueva tarifa regulada para las comunidades de vecinos, laampliación del bono social térmico, así como la ampliación de la fecha de limitación de la subida del gas en la tarifa regulada.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 18 de octubre un Real Decreto-ley con nuevas medidas para aliviar el impacto de los altos precios de la energía en los consumidores. La normativa da cumplimiento a 18 de las 73 medidas del Plan Más Seguridad Energética (Plan +SE) presentado la semana anterior. Dichas iniciativas movilizarán cerca de 3.000 millones de euros.

En materia de gas, entre otras medidas destacan la creación de una nueva tarifa para comunidades de vecinos con caldera central de gas, la ampliación del bono social térmico, se limita la penalización en la rescisión de los contratos de gas y se amplía la fecha de limitación de la subida del gas en la tarifa regulada.

Respecto al primer punto, el nuevo RDl da la posibilidad a las comunidades de propietarios con calderas centrales de gas natural con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio, a acogerse a la nueva Tarifa de Último Recurso (medida 48 del Plan +SE).

Se trata de una tarifa especial que estará en vigor, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2023, y que beneficiará a algo más de 1,7 millones de familias (el 6,6% de las viviendas que existen en España), lo que supondrá un 50% de ahorro en la factura. Las empresas de servicios energéticos que se acojan a esta tarifa, deberán trasladar de manera íntegra el ahorro obtenido en el coste de adquisición del gas natural al precio unitario aplicado por el servicio prestado de calefacción y agua caliente sanitaria.

La situación excepcional de restricción de importaciones y altos precios ha ocasionado que estas comunidades tengan que enfrentarse a precios muy superiores a la TUR, situación que se agravará con la llegada del invierno y el inicio de la temporada de calefacción. Estos altos precios pueden provocar un endeudamiento de las comunidades y, por consiguiente, un incremento de los impagos y cortes de suministro.

Para poder acogerse a esta medida, es requisito imprescindible que las comunidades de propietarios tengan instalados contadores individualizados de calefacción (medida 10 del Plan +SE) antes del 30 de septiembre de 2023, siempre que las instalaciones térmicas no se encuentren eximidas de esta obligación por inviabilidad técnica, y hayan pasado la inspección de eficiencia energética.

El presidente o, en su caso, el representante de la comunidad deberá entregar declaración responsable de que cumplen los requisitos, incluyendo el informe de eficiencia y el acuerdo de instalación de contadores. Si el acuerdo no se cumpliera, la comunidad será penalizada con un 25% de todo lo consumido. Dicha solicitud se hará a la CUR del grupo empresarial de la comercializadora que la comunidad tenga en ese momento, en su defecto a la CUR de la distribuidora a la que están conectados o a la de mayor cuota de su comunidad autónoma.

Además, solo estará sujeto al descuento el 100% del equivalente al consumo de los últimos cinco años, ya que si se consume más de la media realizada, se producirá una penalización de un 25% más. La ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, lo explicaba así: “Calcularemos el consumo medio de cada comunidad en los últimos 5 años y, al 70% de ese consumo, le aplicaremos un descuento del 40%. El 30% seguirá pagando el gas al precio que está en el mercado. Si la comunidad incrementara su consumo por encima del consumo medio, habría una penalización”.

La decisión del Gobierno de crear una TUR específica para las comunidades de vecinos y el encarecimiento del precio del gas natural, está provocando un aluvión de consultas y solicitudes de consumidores para cambiarse a la tarifa regulada. En este sentido, dese que comenzó octubre se han multiplicado las peticiones que han recibido las cuatro comercializadoras de gas de último recurso (Naturgy, Endesa, Iberdrola y TotalEnergies) para acogerse a ella. Alguna de las compañías del sector está llegando a recibir el doble de peticiones de traslado a la TUR respecto a lo que venía recibiendo antes de verano.

Bono térmico y facturas

El nuevo RDl también aumenta la ayuda mínima por beneficiario del bono social térmico (medida 47 del Plan +SE), incrementándose de 25 a 40 euros con la intención de disminuir la brecha entre las ayudas asignadas a los beneficiarios residentes en las diferentes zonas climáticas. Además, para el ejercicio 2022, se destina una nueva dotación presupuestaria de 225 millones de euros, con el objetivo de complementar la actual asignación de 228 millones, que será sufragada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Adicionalmente, considerando la actual coyuntura nacional de precios de la energía, para el año 2023 se deberá dotar con el crédito suficiente el bono social térmico para apoyar a las familias y consumidores vulnerables.

Respecto a la TUR de gas, se prorroga hasta la revisión de precios del 1 de octubre de 2023 el límite del 15% de subida de precio del gas en cada revisión trimestral de la TUR. Las CUR deberán enviar al Miteco antes del 1 de diciembre de 2022 la facturación mensual desde el 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022 para calcular lo que se les debe y, a partir de ahora, remitir datos mensualmente.

Por otro lado, la disposición adicional quinta del nuevo RDl prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2023, el mecanismo de minoración del exceso de retribución del mercado eléctrico causado por el elevado precio de cotización del gas natural en los mercados internacionales.

En el ámbito de la contratación, el nuevo RDl introduce varias medidas tendentes a reforzar la protección de los consumidores ante cambios de comercializadora y mejorar la información que estos reciben, tanto de su consumo como de las ofertas existentes en el mercado. A este respecto, establece que los contratos entre el consumidor y la empresa comecializadora de gas natural en el mercado libre, no podrán tener una duración de más de un año, pudiéndose prorrogar por períodos de la misma duración.

Las prórrogas de estos contratos podrán ser rescindidas sin penalización por parte del consumidor con un preaviso de quince días de antelación. Asimismo, la penalización máxima para contratos en la TUR que rescindan antes de la primera prórroga anual no podrá exceder del 5% de la facturación prevista del término variable de energía.

Además, el contrato con la antigua comercializadora quedará resuelto en el momento en que se active el contrato con la nueva comercializadora. Se elimina la condición de que no haya deuda con la antigua y se añade también que los servicios adicionales deberán ser rescindidos en ese momento, a no ser que el consumidor indique lo contrario.

Otro de los asuntos recogidos en el nuevo RDl hace referencia a los recibos de gas. Al objeto de facilitar su compresión, la normativa establece el contenido mínimo que han de incluir todas las facturas emitidas por las empresas comercializadoras de gas natural a sus consumidores a partir del 1 de diciembre de 2022.

En consumidores con derecho a TUR, deberá incluirse el consumo medio durante el periodo de facturación de los consumidores que compartan código postal y escalón de peajes de red local, así como incluir un enlace y código QR a la página web del comparador de ofertas de la CNMC (medida 7 del Plan +SE).

Para este cálculo, se tomará el consumo de los puntos de suministro cuyos contadores hayan sido leídos los tres días hábiles, anteriores y posteriores, a la lectura del cliente. Con estas medidas, se busca favorecer la reducción del consumo de gas natural voluntariamente por parte de los consumidores y la competencia entre comercializadoras, facilitando el acceso a la información sobre tarifas al consumidor.

Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación de las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural para proteger al sector industrial ante el incremento de precios, previstas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre (medida 49 del Plan +SE), de manera que el número máximo de modificaciones permitidas de caudal y peajes será de cinco y dos, respectivamente. Adicionalmente, se amplía el ámbito subjetivo de esta flexibilización a los puntos de suministro de gas natural titularidad de autónomos, con objeto de reforzar la protección a este colectivo, independientemente de su consumo.

Gases renovables y contadores inteligentes

El nuevo RDl incluye medidas con el objeto de facilitar la tramitación de los proyectos de inyección de gases renovables en la red existente de gas natural, declarando la utilidad pública de las líneas directas de conexión de una planta de producción de gases renovables con el sistema gasista destinada a la inyección de gas en él (medida 39 del Plan +SE).

Esta modificación contribuye a la aceleración del despliegue de estos proyectos, que conllevarán una sustitución del consumo de gas natural de origen fósil por gases de origen renovable.

Por otro lado, se autoriza el despliegue de contadores inteligentes para consumidores domésticos con consumos inferiores o iguales a 50.000 kWh (medida 11 del Plan +SE), que proporcionarán al consumidor información actualizada de su consumo diario. El Miteco se encargará de desarrollar el plan de implantación por orden ministerial. En tres meses la CNMC fijará el precio de alquiler de estos contadores. Las distribuidoras seguirán cobrando el precio actual de alquiler hasta que se agoten los 40 millones de euros que serán entregados a la CNMC para subvencionar este sobrecoste.