La litigación climática aterriza en España, ¿es el mejor momento?

El pasado mes de septiembre se conoció que Greenpeace, junto con Oxfam Intermón y Ecologistas en Acción, habían iniciado un litigio contra el Gobierno de España por inacción climática ante el Tribunal Supremo. Concretamente, achacan al Gobierno haber incumplido el Reglamento 2018/1999 sobre la Gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, que establece que el Ejecutivo debiera haber aprobado un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia a Largo Plazo (ELP) con carácter definitivo el pasado mes de diciembre. Durante este mes de octubre, se ha sabido que el TS admitía a trámite el recurso. Se abre camino, de este modo, en nuestro país el movimiento litigación climática que cada vez va cobrando más fuerza en la esfera internacional.

El factor del cambio climático hasta la fecha ha tenido un escaso papel en las sentencias de nuestros Tribunales. Más allá de nuestras fronteras, los litigios climáticos hace tiempo que irrumpieron con vigor y de modo original en el derecho. En este sentido, los recursos en materia climática se han expandido con vigor por toda Europa y el resto del mundo, desde el año 2015, cuando el célebre Asunto Urgenda pusiera este tipo de procedimientos en el mapa. En dicho asunto, la Fundación Urgenda logró una histórica sentencia del Tribunal de Distrito de La Haya que condenaba al Gobierno holandés por incumplir los compromisos adquiridos en relación con la mitigación climática, violando con ello los derechos fundamentales de generaciones presentes y futuras. Tal sentencia fue ratificada por el TS holandés en el año 2019.

Cabe comentar que el litigio iniciado contra el Gobierno de España, de momento, tras la admisión a trámite de este recurso por el TS, aunque pudiera parecer previsible, su interposición resulta inoportuna y, por qué no decirlo, paradójica y poco razonable. La agenda del Gobierno está llena de compromisos en materia medioambiental y de preservación frente a la amenaza del cambio climático que, poco a poco, está cumpliendo, luego no parece razonable achacarle inacción climática. Baste como muestra que el Gobierno prosigue con la tramitación de la Ley Española de Cambio Climático y Transición Energética y ha presentado el PNIEC 2021-2030 ante la Comisión Europea, que valoró muy positivamente y lo clasificó de “ambicioso”. Por si esto fuera poco, también están en tramitación otros documentos como el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) o la Estrategia de Transición Justa (ETJ) y hace apenas unas semanas se anunció el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española.

Basta echar un vistazo al Plan Anual Normativo del año 2020, paradójicamente recién aprobado, por circunstancias que no ayudan, tales como: la pandemia Covid-19 y, a veces, la artificial crispación política -otro virus al que no se le encuentra vacuna desde hace décadas-, para darse cuenta de que no resulta, en estos momentos, razonable achacar inacción a este Gobierno. Concretamente, el Ministerio de Transición Ecológica cuenta en su Plan Normativo con tres Leyes y una decena de Reales Decretos, todos ellos con un ambicioso nivel de lucha contra el cambio climático.

De todos modos, huelga decir que hace mucho tiempo que la razonabilidad dejó de tener importancia en la esfera política y, lo que es más grave aún, este censurable fenómeno se puede estar trasladando al Derecho. Quizá merece la pena recordar que la razonabilidad es también un principio general del derecho y no de los menores, como señalaba García de Enterría. Cabe añadir también que, si este recurso acaba teniendo poco recorrido, en el fondo, puede haberse hecho un flaco favor a la litigación climática en nuestro país con un posible fallido precedente. En la política actual, gestos, eslóganes, ocurrencias y soflamas están desplazando a hechos, razonamientos y actos. Tales desplazamientos no son buenos que se extiendan también al terreno jurídico. El Derecho pierde vigor cuando se le instrumentaliza en favor del fango, la propaganda y la ideología.

El recurso por inacción climática interpuesto por las organizaciones citadas tiene más de gesto -político- que de acto y, a largo plazo, puede deteriorar la entrada del litigio climático en nuestro país. Nadie cuestiona que la litigación climática es un fenómeno judicial de gran interés y de un hipotético gran recorrido en España, así como un interesante instrumento de gobernanza climática, pero achacar al actual Gobierno inacción en materia climática resulta un argumento poco sólido. En cualquier caso, habrá que estar atentos a lo que, finalmente, resuelve el TS.

Dicho lo anterior, no se puede pasar por alto que la crisis climática afecta a las generaciones actuales y a las futuras, por lo que se deben adoptar medidas sin solución de continuidad y no caer en el conformismo. No cabe plantearse falsos dilemas entre tener que optar por un “supuesto” progreso, cambio climático o Covid-19. Sobre todo, cuando ya se cuenta con estudios, por ejemplo, el emitido por el Center for Research of Energy and Clear Air, que revelan que la contaminación del aire es un gran aliado en la propagación del Covid-19. Varias investigaciones concluyen que la exposición a la contaminación del aire hace a las personas más vulnerables frente al virus, que podría estar beneficiándose, por tanto, del cambio climático. El ambicioso plan del Gobierno de lucha contra el cambio climático, en definitiva, debe ser puesto en acción cuanto antes. El poder se demuestra en el hacer. Preservar nuestro planeta y la salud pública nunca son asuntos menores: merecen acciones, consenso y esfuerzos.