Del ‘Modelo 720’ para las ‘cryptos’

Se las prometían muy felices todos los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero y en especial los del “Cryptomundo” viendo yacente el cuerpo del difunto Modelo 720. Pero aún con la pistola humeante en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, llegó nuestro legislador y... “zash” nueva vuelta de tuerca. Estarás conmigo, que nuestro legislador, desde la época del Conde de Romanones, nunca fue perezoso, al menos para legislar, de ahí la ingente cantidad de normativa que tenemos. Cuestión distinta es que fuera corto o lo hiciera bien, tanto en el fondo, como en la forma.

Pues bien, el otro día, coincidiendo con la noticia adelantada por elEconomista, referida a que BalckRock, el Boletín Oficial de las Cortes, publicaba la adecuación del citado Modelo 720 a lo que dicta la sentencia del más alto órgano jurisdiccional de la Unión Europea. Por un lado, se obvian las desproporcionadas sanciones y desaparece la aberración de la no imprescriptibilidad de la declaración informativa objeto de artículo, el 720.

Y ya aprovechando que el becario que teclea las normas, cobra lo mismo por unos cuantos párrafos más, le dictan la obligación de comunicar lo siguiente: “...Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales...”

Todo ello, cuando todos entendíamos que se pretendía aprobar, para este año, con obligación de informar en el siguiente el Modelo 721 en el que esto iría recogido. Dicho lo cual ¿en qué parte del Modelo 720 se pretende que se incluya esta nueva obligación? Esperamos con impaciencia, que nuestro insigne aparato legislativo, vuelva “a coger la moto” y así como si fuera el mismísimo Vinicius nos aclare esta cuestión. Todo ello recordando que el plazo para la supuesta obligación vence el próximo marzo. Que la fuerza te acompañe.