La reforma del teletrabajo, una oportunidad perdida

El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, que entró en vigor el pasado 13 de octubre para regular el teletrabajo en España, se ha quedado muy corto en sus aspiraciones. El Gobierno ha aprobado por la vía de urgencia una norma que, en cambio, apenas aborda en tres párrafos la situación de excepcionalidad que la ha motivado: la pandemia por el Covid-19. La ley llega con múltiples vacíos y deja en el tejado de la negociación colectiva la resolución de muchas dudas que plantea su aplicación.

La ley marca un límite para considerar cuándo hablar de teletrabajo y establece que para ello debe superarse el 30% de la jornada laboral en remoto. A partir de ahí, se produce una de las primeras situaciones que puede provocar conflicto: si se supera ese 30%, encontramos una regulación muy exhaustiva, pero si no llegamos a ese 30%, se entra en una especie de vacío legal en el que no se especifica cómo actuar. En esos casos por debajo del 30% de teletrabajo, tampoco será de aplicación ya el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, que ha quedado derogado. De ahí que, apartir de ahora, cada sector y cada empresa tendrá que decidir cómo concreta lo dispuesto por el Gobierno en esta regulación precipitada.

Todo apunta a que la situación que estamos viviendo por la pandemia va a tener un impacto mayor en el tiempo de lo que se prolongue esta crisis sanitaria. El trabajo a distancia es una de esas tendencias que, como suele decirse, ha llegado para quedarse entre nosotros. No hablamos por lo tanto de algo circunstancial, sino de un fenómeno que tiene proyección estructural de futuro y repercute en muchos elementos del contrato de trabajo.

Sorprende, entre otros puntos, que deba de estipularse el lugar desde el que se va a realizar el trabajo a distancia, cuando en realidad una de las ventajas de esa modalidad es la flexibilidad que lleva aparejada y que permite desarrollar la actividad profesional desde diferentes lugares o espacios. En un informe presentado días atrás por HP sobre los nuevos modos de trabajar, leemos que el 47% de los españoles considera que trabajar de forma flexible y la dotación de herramientas tecnológicas son el mayor incentivo para trabajar en una empresa. También llamaba la atención este informe sobre que dos de cada tres empleados en todo el mundo tuvieron que comprar o actualizar los dispositivos de su hogar para adaptarse al teletrabajo durante estos últimos meses de excepcionalidad.

La fórmula del teletrabajo presenta múltiples ventajas para la empresa y para el trabajador que conviene aprovechar. La nueva norma tampoco deja claro aquellos gastos concretos que deben ser objeto de compensación por parte de la empresa, algo que también tendrá que estipularse en cada caso concreto.