La venta de unidades productivas en ‘prepack’, una oportunidad para los ‘private equities’ y sus participadas

Hace unas semanas se ha hecho pública la adquisición de una unidad productiva de una compañía por parte de una participada de un private equity. La transacción suponía la compra de una serie de contratos (tanto de clientes como de proveedores), así como las filiales del Grupo en varios países, asumiendo un importante número de empleados. La transacción de dicha unidad productiva se realizó en la modalidad de venta en prepack, en el preconcurso de la sociedad vendedora, proceso tutelado por el correspondiente Juzgado Mercantil de Barcelona. Esta modalidad, de reciente instauración, ha permitido trabajar la oferta en la situación de preconcurso (sin sufrir el deterioro que las empresas acusan con la entrada en concurso de acreedores), únicamente con el fin de tramitar la oferta por la unidad productiva con todas las garantías establecidas por la normativa concursal.

Es un consenso generalizado desde hace unos años que los concursos de acreedores en España no han servido, más que en contadas ocasiones, para preservar los negocios y mantener la actividad de las empresas. Y que, por lo tanto, las unidades productivas que se vendían dentro del procedimiento concursal solían sufrir, de manera muy generalizada, un deterioro relevante de su valor.

Por otro lado, las posibilidades que la normativa preconcursal ofrecía a las reestructuraciones (limitadas a la refinanciación de los créditos financieros) muchas veces eran insuficientes para poder darle la vuelta a la situación de iliquidez y/o insolvencia de muchas empresas. Es en ese contexto en el que los jueces y magistrados mercantiles de Barcelona elaboraron el protocolo de venta de unidades productivas en prepack como una solución híbrida que pudiera paliar la problemática antes descrita. La venta en prepack se vertebra bajo dos ejes. Por un lado, la preparación de la oferta en preconcurso, con el análisis de la misma por parte de un experto objetivo nombrado ad hoc por el Juzgado (experto en prepack), de manera que la empresa (y sus unidades productivas) no sufren el deterioro que suele producirse al entrar en concurso de acreedores; y la entrada en concurso de acreedores únicamente para tramitar la oferta con todas las garantías de publicidad y concurrencia, pero con el nombramiento del experto en prepack como administrador concursal para otorgarle a todo el proceso una celeridad impensable en otros concursos de acreedores. Además, el hecho de entrar formalmente en concurso de acreedores faculta a la sociedad a alcanzar soluciones respecto a sus acreedores imposibles fuera de este escenario.

Esta solución, que ha sido desarrollada y utilizada por los Juzgados de Barcelona desde hace un tiempo, es la que ha servido de base para la nueva regulación contemplada en el Proyecto de Ley de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal. Y aunque esta nueva regulación pueda ser algo menos ambiciosa de lo que se podía esperar (sobre todo en los plazos establecidos, que pueden dificultar algo la celeridad que se querría buscar en estas transacciones), parece claro que la venta de unidades productivas en prepack es una de las vías elegidas para mantener la actividad de las empresas y muchos de sus puestos de trabajo. Y supone, o debería suponer, una vía muy importante para poder adquirir negocios que, o son rentables, pero con una mochila de balance muy excesiva o que, no siendo rentables en su configuración actual, pudieran serlo con cierta reestructuración y ajustes.

Para ello, los potenciales inversores deberían poder tener la capacidad para desarrollar/gestionar tres aspectos: la identificación de las oportunidades de adquisición existentes, el acercamiento y negociación con las partes implicadas (concursada, experto en prepack, el Juzgado, y resto de stakeholders) y la elaboración de la oferta, con la determinación del perímetro adecuado y la realización de los análisis necesarios (concursal/legal, financiero, laboral, fiscal). Este último punto es especialmente relevante, para no soslayar ningún riesgo y encontrar las bases que le permitan lograr el equilibrio entre el fin perseguido (adquirir la unidad productiva con el menor coste posible) y los objetivos que puedan perseguir los diferentes stakeholders de la empresa (mantenimiento de puestos de trabajo, un mayor pago a los acreedores, la continuidad del negocio, etc.).

En estos tres aspectos, y especialmente en el último, un asesor multidisciplinar con amplia experiencia concursal, que pueda analizar todos los ángulos de la operación, y con cercanía a los Juzgados y a los diferentes agentes implicados, puede ser una de las claves para el éxito de la transacción. En el actual contexto donde la recuperación de las consecuencias económicas y financieras del Covid aún no es completa, y donde nuevas dificultades están azotando al tejido empresarial (guerra en Ucrania, aislamiento económico de Rusia, escalada de los precios del gas y la electricidad, inflación, escasez y carestía de materias primas, ruptura de la cadena de suministros, etc.) es probable que haya que seguir explorando vías alternativas de mantener el valor de muchas empresas y actividades, que puedan estar sobrellevando una coyuntura estresada. Y la venta de unidades productivas de las mismas en la modalidad de prepack tiene todos los visos de convertirse en una de las más eficientes. Y, obviamente, los private equities y sus participadas no pueden ser ajenos a ello y no aprovechar las oportunidades que vayan surgiendo.