Las novedades concursales para el curso 2021/22
Sin duda, el curso 2021/22 se presenta apasionante en lo que al escenario concursal se refiere. De un lado, las empresas van a enfrentarse al vencimiento de las moratorias concedidas por el Real Decreto-ley 5/2021 y por el resto de normativa aprobada como consecuencia de la pandemia. Así, el 31 de diciembre de este año vencerán la moratoria para solicitar la declaración de concurso, la posibilidad de modificar el convenio o los acuerdos de refinanciación homologados, así como la exoneración del deber de solicitar la liquidación que pesa sobre el deudor que conoce la imposibilidad de cumplir con el convenio. Además, en la medida que el 31 de diciembre de 2021 constituya el cierre del ejercicio de las empresas, ese hito se antoja clave a la hora de valorar la existencia de una posible causa de disolución, pues la Ley 3/2020 situó allí el inicio del plazo de dos meses para revertir la situación de desequilibrio patrimonial.
Podría decirse por ello que nos enfrentamos a la hora de la verdad, salvo nuevas prórrogas -que, visto lo visto, no cabe descartar-, que nos permitirá observar con nitidez el impacto que la pandemia ha tenido sobre las empresas españolas. De otro, mientras llega la hora de situarnos delante del espejo, nos encontramos con que, en paralelo, se está tramitando un anteproyecto de ley de reforma -muy sustancial- del Texto Refundido de la Ley Concursal vigente desde hace un año escaso. Anteproyecto que, si bien sufrirá sin duda modificaciones, supone un cambio radical en aspectos fundamentales en materia concursal, como los procesos de refinanciación, los concursos de empresas de reducida dimensión -la inmensa mayoría- o la concesión de la segunda oportunidad. Dicha reforma, aunque exigida por la necesidad de transponer la Directiva comunitaria 2019/1023, quizá llega en un momento que no parece el más indicado, por la incertidumbre que puede generar, la precipitación con la que parece haberse cocinado y la falta de consenso -que ya se está notando- con los diferentes agentes concursales.
En definitiva, nos acercamos a una fecha decisiva en materia concursal, aplicando normativa surgida por la excepción provocada por la pandemia y teniendo que mirar de reojo a una reforma de la Ley Concursal que va a traer cambios sustanciales. No parecen los mejores mimbres, por lo que resulta primordial analizar con detalle la situación de cada empresa, planificar bien cuál es la solución más adecuada y no dejarse los deberes para el último día.