Ganar tiempo hasta superar la pandemia

Los préstamos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) han sido instrumentos eficaces para proporcionar una cierta estabilidad al tejido productivo ante la caída de la actividad económica como consecuencia de la pandemia. Sin embargo, la incertidumbre sobre el final de la crisis hacía aconsejable -en línea con las recomendaciones técnicas del Fondo Monetario Internacional (FMI)- inyectar ayudas directas a determinados sectores económicos con el fin de evitar que dificultades transitorias de tesorería se transformaran en problemas estructurales de solvencia. Dicho paquete de ayudas fue aprobado en el Consejo de Ministros extraordinario del viernes 12 de marzo, en el que también se acordó prorrogar hasta el 31 de diciembre la moratoria concursal, que vencía en principio el 14 de este mes. De no haberse extendido la moratoria, se habría reactivado la obligación por parte de las empresas con problemas de tesorería de solicitar el concurso de acreedores, conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley Concursal.

Ante la perspectiva del fin de la moratoria, y de forma paralela a los anuncios del Ejecutivo de otorgar ayudas directas a las empresas, se han escuchado algunas voces reclamando el levantamiento de la moratoria. Alegan que, si bien esta medida tuvo sentido al comienzo de la crisis para evitar el colapso de los juzgados de lo mercantil, se ha vuelto contraproducente porque desincentivaría a las empresas con una situación financiera vulnerable para resolver sus problemas. Un caldo de cultivo idóneo, a su juicio, para la proliferación de entidades zombis. Lo cierto es que, desde el punto de vista de las pymes españolas, que conforman el grueso de nuestro tejido empresarial, resulta extraño apoyar las ayudas directas (ayudas que, por cierto, tardarán unas semanas o meses en llegar a sus beneficiarios) y, al mismo tiempo, pedir que se retire de forma abrupta la protección que supone la moratoria concursal. Parece más sensato ampliar esta medida con el fin de que las empresas tengan ocasión de aprovechar de forma oportuna las subvenciones recibidas.

Con respecto al plan de ayudas directas aprobado por el Gobierno, es preciso aclarar que está restringido a compañías que no estén inmersas en un concurso de acreedores y que estén al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Existe, pues, una serie de filtros que dificultarán el trasvase de recursos públicos hacia empresas inviables.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que la moratoria concursal no impide a los deudores recurrir voluntariamente a un procedimiento de insolvencia judicial si así lo estiman oportuno. Prueba de ello es que en el cuarto trimestre de 2020, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), un total de 1 383 empresas se declararon en concurso de acreedores, lo que supone un aumento del 0,3% con respecto al mismo periodo de 2019.

Asimismo, la prohibición de admitir a trámite solicitudes de concurso necesario -según los términos de la moratoria- no limita en absoluto la capacidad que siempre han tenido los acreedores para reclamar en el juzgado las deudas vencidas. En todo caso, conseguir la declaración de concurso necesario resulta harto improbable cuando el deudor está al día con el fisco, con la Seguridad Social y con los trabajadores al haberse acogido a las medidas temporales (ERTE) y a los aplazamientos que se han ofrecido en el último año.

Para completar el análisis de la cuestión, y dejando a un lado las medidas concretas que ha adoptado el Ejecutivo para atender los problemas de solvencia de las empresas españolas, conviene elaborar un diagnóstico certero de la crisis actual. Y ese diagnóstico apunta a que, a diferencia de los años 2008-2013, ahora nos encontramos con un problema coyuntural -la pandemia- en un contexto de abundante liquidez. En estas circunstancias sí es recomendable ganar tiempo y mantener la financiación a las empresas hasta que se resuelva el origen de la crisis.

En el ámbito de la supervisión bancaria, se suele esgrimir la metáfora de las empresas zombis para ilustrar los efectos nocivos que causa en el sistema económico el hecho de que las entidades de crédito sigan proporcionando financiación a compañías claramente inviables, tal como ocurrió en Japón en la década de los noventa. Existe consenso académico sobre los perjuicios de estas prácticas. Con el propósito de no reconocer sus pérdidas, los bancos generan una distorsión en el mercado al favorecer a los zombis en detrimento de otros operadores económicos que sí son viables.

Ahora bien, al margen de la regulación prudencial de las entidades financieras, los estudiosos no se ponen de acuerdo sobre los beneficios que podría comportar el recorte de la financiación a las empresas en una crisis como la actual, que tiene naturaleza transitoria (no estructural) y que se enmarca en un contexto de alta liquidez y de una política monetaria expansiva.

El sentido común sugiere más bien que, si se restringiera el flujo de la financiación en estos momentos, muchas compañías viables con problemas temporales de liquidez estarían condenadas al cierre definitivo y los perjuicios para el tejido productivo serían mayores.

Faltan todavía unos meses para que se pueda dar por superada la pandemia y la economía española enfile de nuevo la senda de la recuperación. Mientras tanto, bienvenidas sean las medidas encaminadas a sostener la liquidez de nuestras empresas, aunque como en tantas ocasiones lleguen con retraso y sean de cuantía limitada.

El riesgo de que un reducido número de compañías con escaso grado de viabilidad se pueda beneficiar de las facilidades otorgadas por el Gobierno no justifica retirar las medidas de apoyo al conjunto de nuestra base empresarial, máxime después del enorme esfuerzo realizado en los últimos doce meses.