Cofides, Sepi y código de buenas prácticas, ¿son medidas suficientes tras los ICO?

El pasado 17 de marzo de 2020 el Gobierno aprobó el mayor paquete de medidas económicas de la historia de España para mitigar el impacto del Covid-19. Después de un año y medio de pandemia y cinco olas de contagios, ciertos sectores y negocios, y de manera muy desigual, han sufrido las consecuencias económicas de las necesarias medidas sanitarias llevadas a cabo para contener la evolución del virus. Cabe destacar que las consecuencias económicas en los negocios han ido evolucionando de manera paralela a la situación sanitaria y eso ha impactado significativamente en las tres líneas de sustentación de la viabilidad de una compañía.

Yo siempre he sido muy crítico con el concepto de viabilidad de un negocio de manera genérica, porque todo o nada puede ser viable en función de cuál es la línea de sustentación impactada y las palancas disponibles. La tan citada viabilidad de un negocio tiene tres conceptos básicos a los cuales nos podemos referir como líneas de sustentación: a) liquidez, b) solvencia, y c) negocio y operativa. La “borrachera de los ICOs” permitió a todas o casi todas las compañías afectadas por el Covid-19 recibir liquidez inmediata que ayudó, junto con otras medidas como los ERTEs, a aguantar el impacto de una paralización general de la economía mundial y mantener bien anclada la primera vía de sustentación de la viabilidad (la liquidez). Pero, toda borrachera tiene su resaca, y esa resaca afecta de manera muy significativa a las otras dos líneas de sustentación y, precisamente para ayudar en la solvencia y dar tiempo a la recuperación del negocio, se han lanzado por parte del Gobierno tanto el Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por Sepi, como el fondo de recapitalización gestionado por Cofides, así como el muy comentado código de buenas prácticas.

Con el Fondo de solvencia de Sepi se dieron pasos muy firmes para dar una solución real a las empresas con afectación Covid-19, pero está solo enfocado a empresas de un tamaño muy significativo o con impacto “estratégico” en la economía española. El término “estratégico” es muy general, amplio y discutible, y ese mismo término hizo pensar a muchas empresas que ese fondo no estaba destinado a ellas. Pero, no solo el término estratégico desincentiva la petición de apoyo, si no que la gran barrera es el importe mínimo de 25 millones a solicitar, y la justificación de esas necesidades vía impacto en fondos propios -al menos el 50% de la petición debe servir para restituir la situación patrimonial de 31 de diciembre del 2019-. Estas limitaciones han agudizado el ingenio de muchas compañías para poder justificar los impactos y poder llegar a ese importe mínimo de 25 millones, y estamos viendo cómo compañías de todo tipo han solicitado el apoyo del fondo gestionado por SEPI, aunque por tamaño y por tipología de negocio tienen difícil encaje para un fondo que teóricamente está destinado a apoyar la solvencia de empresas estratégicas para la economía española.

Con la llegada del fondo de recapitalización gestionado por Cofides, que inició su actividad el 29 de junio, a una gran parte del tejido empresarial español se le ha abierto una ventana para solucionar sus problemas de solvencia y adaptar su estructura de capital a la recuperación de su negocio. Según datos de Cofides, más de 15.000 empresas entrarían en el espectro de empresas receptoras con facturación entre 15 y 400 millones, pero realmente, la exigencia para la elegibilidad, en lo que se refiere a un impacto negativo de más del 20% tanto a nivel individual como consolidado en ventas durante 2020 respecto a 2019, reducirá mucho la población susceptible de acudir al citado fondo.

Esta restricción deja fuera a muchas compañías impactadas por la pandemia, pero con casuísticas que provocan que su impacto en ventas no se concentre en 2020 -un ejemplo son las ingenierías o constructoras con caída de adjudicaciones en 2020 y efecto en ventas contables en 2021- o compañías con impacto a nivel individual perímetro español, pero no a nivel consolidado.

Espero que, si como todo parece indicar, la UE autoriza prorrogar más allá de 31 de diciembre de 2021 la duración del fondo de Cofides, se realice también un ajuste en las exigencias para recibir las ayudas, que permita que compañías con gran impacto por Covid en estos dos años se sitúen dentro de los nuevos límites.

Para finalizar este breve análisis sobre las diferentes medidas de apoyo para mitigar el impacto de la pandemia en los balances de las compañías españolas, no puedo dejar de comentar la falta de aplicabilidad del código de buenas prácticas. Las compañías con problemas de solvencia que no cumplan con los requisitos para fondos de Sepi ni de Cofides, probablemente, no tendrán una solución en el código de buenas prácticas, dado que las medidas de conversión en participativo de los prestamos ICO o las quitas -sutilmente llamadas “realización de transferencias”-, no aplican, de momento, a compañías que hayan recibido más de 1,8 millones en préstamos con aval del ICO.

Básicamente, estos participativos o quitas aplicarán únicamente a autónomos o micropymes, porque en las pymes gran parte de los prestamos ICO han servido para renovar líneas de circulante que vencían durante el año 2020 o vencimientos de cuotas, incrementando el importe de préstamos con aval de ICO. Difícilmente habrá soluciones de solvencia que no deban incorporar a los ICOs, los cuales no podrán modificarse legalmente sin perder el aval al superar el importe total los 1,8 millones.

A los directivos y asesores nos tocará esforzarnos y ser imaginativos para ayudar a muchas empresas afectadas y evitar el impacto en las arcas públicas de la ejecución de los ICOs, siendo conscientes de que los financiadores, por sus impactos regulatorios, tendrán poco interés en refinanciaciones “duras” que impliquen riesgo de perder los avales del estado.