Las ‘startups’ y el ‘venture capital’ frente al coronavirus
Las medidas de carácter económico adoptadas por el Gobierno durante el Estado de Alarma no contienen previsiones concretas en relación con las startup y el venture capital en España, sino que han puesto el foco, entre otras, en dotar de cierta estabilidad a las compañías no permitiendo la separación del socio o la disolución hasta que no finalice el estado de alarma o transcurran los plazos previstos en el RD 463/2020, junto con la potenciación del uso de medios telemáticos para la celebración de juntas de socios o reuniones de consejo de administración. También, permitiendo el diferimiento en el pago y cumplimiento de obligaciones tributarias. En materia laboral, impidiendo los despidos durante el estado de alarma por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas y precisando la regulación de los ERTE como instrumento temporal de regulación de empleo.
Más bien al contrario, las medidas adoptadas por el Gobierno limitan las inversiones extranjeras en sectores estratégicos en España, de forma que cualquier toma de participación en el capital social de una compañía española por encima del 10% por parte de un inversor extranjero, entendido como un residente en países de fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, requerirá una autorización administrativa previa.
Hay que decir, que las medidas excepcionales decretadas por el Gobierno durante el estado de alarma están en línea con las adoptadas por otros países, y objetivamente, no nos posicionan en una situación mejor o peor frente a nuestros competidores, pero evidentemente no son las mejores para impulsar la economía ni el sector emprendedor en particular. Así las cosas, no se han adoptado medidas de potenciación del emprendimiento más allá de las que ya se recogían en la “Ley de Apoyo a los Emprendedores” de septiembre 2013, que contenía un catálogo de medidas de flexibilización para los emprendedores, tales como:
- La eliminación de la necesidad de acreditar las aportaciones dinerarias en la constitución o en ampliaciones de capital.
- La reducción a seis horas hábiles del plazo para que el registrador mercantil competente realice una inscripción parcial de la escritura fundacional de la compañía.
- El Documento Único Electrónico de alta unificada para la realización de todos los trámites administrativos necesarios para el inicio efectivo de la actividad, a través del Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante certificado digital y el sistema “Clave”.
- Un tipo de gravamen reducido del 15% en el impuesto de sociedades, tanto en el primer ejercicio en el que su base imponible resulte positiva como en el siguiente ejercicio.
- La aplicación de una deducción del 30% sobre una base máxima de 60.000 euros en la cuota del IRPF a los business angels o la exención de tributación de las plusvalías obtenidas en la transmisión de la participación en la compañía siempre que se reinvierta en otras startups.
Y continúa en trámite la “Ley de fomento del ecosistema de Startups”, que era y sigue siendo la verdadera clave para situar a España a la vanguardia del emprendimiento, con un objetivo de inversión en emprendimiento hasta el 2% del PIB en I+D+i, en línea con el resto de los países de nuestro entorno.
La siguiente cuestión que cabe plantearse, es si el sector startup español sigue gozando del apoyo del venture capital, y si este último conserva su capacidad para invertir en proyectos. Afortunadamente, el Covid-19 no podrá vencer el talento de nuestro sector emprendedor, la relación calidad-precio de los proyectos que se generan en España y la existencia de cuatro hubs de innovación reconocidos internacionalmente capaces de atraer el mejor talento internacional. Como tampoco podrá eliminar la inversión en proyectos, cuestión distinta es que, dadas las circunstancias e impactos concretos de la pandemia en el corto y medio plazo, en nuestra opinión los inversores priorizarán proyectos tales como:
-Fintech: hemos aprendido la importancia de contar con medios de pago ágiles y contactless, así como herramientas que limiten las visitas a las sucursales para llevar a cabo operativas habituales.
- Salud: (i) teleservicios médicos: con la necesidad de evitar el colapso de los hospitales y de los sistemas sanitarios, hay espacio para generar sistemas de asistencia domiciliaria para nuestros mayores y para los casos de salud menos graves; (ii) apps que tengan por objeto controlar y limitar la expansión del Covid-19, así como (iii) para garantizar que las empresas se encuentran libres de virus para preservar la salud de los trabajadores.
- Alimentación: todas las actividades relacionadas con el sector, y en particular la distribución y la comida a domicilio.
- IA y control de dispositivos por voz que limiten el contacto físico.
- Ciberseguridad: las consecuencias del uso masivo de internet y de los sistemas de teletrabajo, ha sido el incremento de las amenazas a la seguridad.
Asumiendo que nuestro sector emprendedor tiene talento y que siempre habrá interés y músculo financiero para desarrollarlo, lo que necesitamos es terminar de controlar la pandemia y reactivar nuestra economía a la mayor brevedad posible, con un plan, no improvisado, de medidas pactadas por la clase política con los empresarios y los agentes sociales, que devuelva la confianza y seguridad a los inversores, como ya ha comenzado a hacerse en otros países de nuestro entorno.