La Abogacía propone asumir el control de las plataformas de IA

La Abogacía ha dedicado una parte destacable de su XIII Congreso Nacional a la regulación de la inteligencia artificial en los asuntos que puedan afectar al colectivo.

En el XIII Congreso Nacional de la Abogacía Española se ha abogado por la necesidad de regular el uso de sistemas de inteligencia artificial (IA) para la prestación de servicios jurídicos y el ejercicio de derecho de defensa online, así como para la selección de profesionales de la abogacía. Además, se ha decidido que desde la Abogacía institucional se establezcan programas de formación orientados a facilitar el acceso de los profesionales a las tecnologías y herramientas digitales.

Los asistentes al Congreso consideraron que la Inteligencia Artificial (IA) ha venido para quedarse en el sector jurídico, ofreciendo un valor competitivo y su integración, aspectos fundamentales para la era de la revolución digital. Esta disciplina permite al abogado ahorrar tiempo, evitar inconsistencias en sus documentos y poder aplicar un mayor rigor jurídico en su toma de decisiones, gracias a la ayuda de las múltiples herramientas que se dedican al sector legal.

En sus demandas, la Abogacía considera que es urgente abordar la situación real de las plataformas de IA aplicables a la abogacía, y establecer un sello de control y calidad que garantice a los usuarios y a los profesionales la neutralidad tecnológica de las mismas y que no produzcan efectos contrarios a la deontología profesional y a los derechos de defensa de la ciudadanía. A tal fin, se propone que se introduzca una enmienda de adición al artículo 11 del Proyecto de Ley de Derecho de Defensa, que en la actualidad se tramita en el Congreso de los Diputados, tras su aprobación por el Consejo de Ministros.

Así, se propone que las personas tienen derecho a conocer con absoluta transparencia el funcionamiento de las sociedades de intermediación, plataformas digitales y sistemas de inteligencia artificial en la prestación de servicios jurídicos a cuyo fin se habilite al Consejo General, en colaboración con los distintos Colegios de abogados, para que puedan realizar su supervisión y seguimiento con el fin de asegurar el correcto ejercicio del derecho de defensa y los principios y valores que integran el Código Deontológico de la Abogacía Española.

También se considera urgente abordar la situación real de las plataformas de IA aplicables a la abogacía, y establecer un sello de control y calidad que garantice a los usuarios y a los profesionales la neutralidad tecnológica de las mismas y que no produzcan efectos contrarios a la deontología profesional y a los derechos de defensa de la ciudadanía. Además, se aprobó una propuesta para que se modifiquen los Estatutos de la Abogacía para establecer una regulación mínima sobre la prestación de servicios jurídicos y el ejercicio del derecho de defensa online y mediante el uso de sistemas de IA.

En la misma línea, propone que las plataformas de inteligencia artificial que habilitan la selección de profesionales de la abogacía sean supervisadas por los Órganos de la Abogacía Institucional o por los Colegios de Abogados a fin de evitar sesgos contrarios al derecho fundamental de defensa y a los principios deontológicos de la Abogacía. Así, se propone una enmienda de modificación del artículo 20 del Proyecto de Ley del Derecho de Defensa.

Por otra parte, el Congreso aprobó el respaldo a la promoción de iniciativas colegiales en línea con la Guía sobre el uso de herramientas basadas en Inteligencia Artificial por abogados y bufetes de abogados en la UE, aprobada por la Fundación Europea de Abogados (ELF) y publicada en marzo de 2022, para conjurar tres peligros: a) El impacto en la competencia profesional para evitar sustituir razones por algoritmos; b) La interferencia de sesgos ocultos que pugnen con principios del Estado de Derecho que pongan en riesgo la independencia de la Abogacía; c) Los riesgos del manejo de datos en dispositivos y pérdida de confidencialidad. Finalmente, se dispuso que el CGAE tendrá que adoptar las propuestas normativas correspondientes para la consecución del mandato establecido en el artículo 90.1n) del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE).