La huelga de los letrados de la Administración de Justicia y los procedimientos de familia

Es de sobra conocida por todos la situación en la que nos encontramos los operadores jurídicos con motivo de la huelga indefinida que mantienen los letrados de la Administración de Justicia: Según los últimos datos, desde que se convocara son ya más de 270.000 suspendidos y más de 350.000 demandas pendientes de repartir: El perjuicio es evidente.

Este espacio no es el lugar en el que debatir sobre si las reivindicaciones que defienden los letrados de la Administración de Justicia con la huelga son justas o, como decimos los letrados a secas, “ajustadas a derecho”, ni tampoco el momento de valorar la actuación del Ministerio de Justicia al respecto, pero sí parece necesario conocer qué implicaciones está teniendo para el ciudadano de a pie la huelga indefinida que no tiene visos de desconvocarse.

En lo que nos atañe, que es el derecho de familia, los estragos que está causando son manifiestos.

El primero, es el más evidente: en este momento existen centenares de familias y de niños sin medidas que regulen su situación tras la ruptura del núcleo familiar.

En los procedimientos de familia estamos viendo como día tras día se suspenden juicios de divorcio, de medidas paternofiliales o modificaciones de medidas, sin saber cuándo se retomarán los mismos.

La suspensión de estos procedimientos tiene una consecuencia evidente y tangible: Hay niños que se están viendo privados del contacto con alguno de sus progenitores, y también progenitores que están viendo cómo se consolidan situaciones de hecho impuestas por el otro, sin obtener respuesta judicial a sus demandas, en el sentido más literal de la palabra.

La situación es, si cabe, más dramática cuando hablamos de los procedimientos principales, pues si bien es cierto que, dada la especialidad en la que nos encontramos, sí se están celebrando las medidas provisionales, esto no es más que un “parche” que no da respuesta a la mayoría de situaciones. De hecho, hay familias, cuyas resoluciones provisionales se adoptaron hace meses o incluso años, y que, por desgracia han visto las vistas de sus procedimientos principales suspendidas manteniéndose situaciones que, por su propia naturaleza, no son definitivas, con los consecuentes perjuicios que ello supone y que son de sobra conocidos.

El más evidente: La consolidación de regímenes de guarda, por adaptación del menor a la situación de hecho.

No es noticia que, cuando existe una situación de hecho prolongada en el tiempo en la que, por ejemplo, se está ejecutando una guarda y custodia exclusiva en favor de un progenitor, si, este ejercicio se mantiene en el tiempo y los niños se habitúan al mismo, resulta harto complicado modificarlo posteriormente.

Como ya decíamos esto no es novedad, pero la posibilidad de que concurran estas situaciones, se multiplica cuando no existe fecha en el horizonte para la adopción de medidas definitivas.

Pero esta situación no tiene visos de mejorar en el corto o medio plazo, no sólo por la falta de acuerdo entre el Ministerio y los Letrados de la Administración de Justicia, que es otro tema, si no porque, cuando el mismo se alcance, el aluvión de señalamientos será prácticamente inasumible.

Así es previsible una situación similar a la que aconteció después del confinamiento, de tal forma que todos los procedimientos suspendidos durante los últimos meses, se acumularán al mismo tiempo provocando que los letrados se vean obligados a suspender aquellos señalamientos notificados con posterioridad, por imposibilidad de acudir a dos o tres vistas en el mismo día, con el consiguiente perjuicio, nuevamente, para las familias.

La conclusión es clara: Por favor, siéntense, dialoguen y acuerden, el resto de operadores jurídicos se lo agradeceremos, pero, sobre todo, se lo agradecerán nuestros conciudadanos que se están viendo impedidos del acceso a la Justicia y a la tutela judicial efectiva que, también, es un derecho fundamental.

(*) Con la colaboración de Clara Redondo.