Gobierno corporativo y equilibrio de sexos (I)
El 23 de noviembre pasado se aprobó la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas. Se alcanzaba al fin un acuerdo, tras varios intentos infructuosos, publicándose en el Diario Oficial de la Unión Europea el siete de diciembre.
En efecto, diez años han pasado desde que se propusiera por primera vez por la Comisión Europea al Consejo, exactamente el 14 de noviembre de 2012, una “propuesta de Directiva destinada a mejorar el equilibrio de género entre los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas y por la que se establecen medidas afines”. Se trata de lograr un equilibrio, como su propio título indica, entre hombres y mujeres en los órganos de administración de las sociedades cotizadas.
Son sólo estas entidades las obligadas según el ámbito de aplicación de la Directiva. En el intento de lograr esa armonía en los cargos en lo que a diversidad de género se refiere, ahora mismo subyace, claro está, un impulso para una mayor representación de mujeres que actualmente son el repetido “sexo infrarrepresentado”.
Según la base de datos del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), conforme a las cifras más recientes (segundo semestre de 2022), el 32,2% de los miembros de consejos de administración de sociedades cotizadas son mujeres, en el conjunto de la Unión Europea, y la presidencia la ostenta el sexo femenino únicamente en el 8,8% de los casos.
España, en lo que a cotizadas se refiere, mejora la media europea en representación de mujeres en el conjunto de miembros de órganos de administración en cotizadas, con un 35,7%, e iguala la media europea en lo que respecta a la presidencia. Pero ¿qué ocurre en el resto de las empresas?
No podemos olvidar que las cotizadas son las menos. Aunque también es cierto que suponen gran parte de la generación de empleo y que también se espera, se pretende, como efecto reflejo, colateral o derivado de la aplicación de la norma, que se aumente el empleo femenino a todos los niveles.
La Directiva de equilibrio de género se limita, como hemos visto, a las sociedades cotizadas. Por otra parte, las normas de reporting en todo lo relativo a la sostenibilidad (de divulgación de información sobre sostenibilidad, en la que se incluye la diversidad ineludiblemente y de forma transversal, no sólo en la G de gobernanza, sino también en la S de social) se aplican a empresas que superen determinados umbrales de personal (número de empleados) y económicos (activo y cifra de volumen de negocios). Umbrales similares parece serán los que se establezcan en la transposición española de la Directiva de equilibrio, extendiéndola, por ende, a sociedades grandes, más allá de sólo las cotizadas.
De todo lo anterior, se deriva la importancia de arrojar luz sobre la situación que existe aguas abajo de estas grandes sociedades.
La estructura societaria española y, en general, el tejido empresarial europeo, se compone en su mayoría de pequeñas y medianas empresas. Ahí radica el interés del informe realizado por el Colegio de Registradores de España sobre la presencia de hombres y mujeres en los consejos de administración de las sociedades, del que llama la atención, a primera vista, la poca variación a lo largo de los últimos 22 años. En las casi 80.000 sociedades analizadas, la situación en 2022 se asemeja sorprendentemente a la del año 2000.
Esas sociedades estudiadas no son una muestra, son todas las sociedades que en España tiene consejo de administración. Eso sí, se han excluido las sociedades zombis para evitar que distorsionen los resultados.
De la primera aproximación a los datos generales del estudio se desprende que del total de cargos solo el 22,53% son ejercidos por mujeres, reproduciéndose la situación existente el año pasado.
En cuanto a la composición de los consejos de administración, una mayoría, próxima al 60%, por lo tanto, no excesivamente holgada, son los consejos mixtos. Exactamente se encuentran en esta situación el 59,8% de los consejos.
La composición totalmente femenina tiene lugar en el 1% de los consejos mientras que, en la situación inversa, con sólo hombres, se encuentran el 39,2% de los consejos.
En los consejos mixtos, cerca del 10% sólo cuenta con una mujer, si bien el 38% tiene en su seno tres o más mujeres.