La Presidencia española abandera la caza de empresas fantasma en la UE

Los eurodiputados han denunciado en Pleno, que los Gobiernos de la UE no tienen interés en aprobar la norma para evitar que sociedades ficticias se usen para que las grandes entidades puedan eludir el pago de impuestos y el secretario de Estado español para la UE se compromete a desbloquearla en el Consejo.

La Presidencia española de la Unión Europea se ha comprometido a avanzar en el debate sobre la Directiva sobre las empresas fantasma (Directiva Unshell), que actualmente se encuentra bloqueada en el Consejo europeo, seis meses después de que el texto de esta normativa se aprobase por unanimidad por el Parlamento Europeo por una abrumadora mayoría de 637 votos a favor y sólo dos en contra. Así, lo ha anunciado ante el Pleno del Europarlamento, en su sesión del pasado 12 de julio, Ignacio Navarro Ríos, secretario de Estado para la Unión Europea de España y presidente en ejercicio del Consejo, para quien una de las prioridades de la Presidencia española es “impulsar una mayor justicia social y económica”.

Aunque los Estados miembros se han mostrado favorables a los objetivos de la propuesta, los trabajos en el seno del Consejo se han quedado bloqueados por cuestiones técnicas y jurídicas, como, por ejemplo, al considerar algunos de los Gobiernos de los Estados miembros que la norma impondría cargas administrativas elevadas tanto para la Administración tributaria como para las propias empresas. El propósito de la Directiva es contrarrestar el uso indebido de empresas fantasma para aprovechar las exenciones de retención de impuestos en virtud de las Directivas Matriz-Filial y la de Intereses y Regalías, además de a través de los convenios de doble imposición.

Estas sociedades suelen crearse para generar un flujo financiero en jurisdicciones con impuestos muy bajos o nulos o donde los impuestos se eluden de alguna forma, aunque también, se usan para evitar impuestos sobre activos o inmuebles. El uso de entidades y estructuras jurídicas sin fundamento mínimo para la elusión o evasión fiscal no suele limitarse al territorio de un solo Estado miembro. Una característica clave de sus esquemas es que actúan en más de un Estado miembro a la vez. Por lo tanto, varios Estados miembros podrían verse afectados por un esquema que incluiría el uso de una entidad ubicada en otro Estado de la UE.

Así, la eurodiputada portuguesa del Partido Popular Europeo, Lidia Pereira, ha denunciado ante el Pleno que “el Consejo insiste en no pronunciarse sobre la Directiva Unshell. Lo mismo es decir que los gobiernos nacionales no están interesados en regular el uso indebido de empresas ficticias para que las grandes empresas puedan evadir sus obligaciones tributarias”. Y la eurodiputada ha concluido señalando que “no podemos aceptar es este auténtico veto, guardado en el cajón. Los tiempos que vivimos exigen valentía y coherencia entre lo que se dice y lo que se hace, y es hora de que los Gobiernos nacionales empiecen a dar ejemplo”.

Por su parte, Jonás Fernández, eurodiputado del Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas, ha advertido que “no podemos asumir más retrasos en el Consejo para adoptar una directiva en la que los argumentos de las trabas administrativas no pueden ser el elemento que bloquee una rápida decisión”.

La Presidencia española, que ha empezado con el semestre, ya ha emprendido estos trabajos técnicos y, de hecho, ya ha tenido lugar la primera reunión del Grupo de Trabajo de cuestiones fiscales en relación con este texto legislativo. De hecho, Navarro Ríos, señala que sus expectativas pasan porque el texto quede definitivamente aprobado en el Ecofin de noviembre de este año. Una vez traspuesta esta directiva, las empresas ficticias así consideradas, sin que afecte su tamaño, podrán acceder a la desgravación fiscal y los beneficios relacionados, si se cumplen ciertos criterios, que son los que se están discutiendo en el seno del Consejo. La propuesta es relevante para todas las empresas; pequeñas, medianas y grande.

La Directiva establece una prueba para facilitar a los Estados miembros la identificación de casos manifiestos de entidades ficticias utilizadas indebidamente con fines fiscales de manera coordinada en toda la UE.

Las normas nacionales, incluidas las normas de transposición del Derecho de la UE, seguirán aplicándose para identificar las entidades fantasma no contempladas en la Directiva. La aplicación de estas últimas normas nacionales también debería verse facilitada en virtud de las medidas de esta Directiva, ya que los Estados miembros tendrán acceso a nueva información sobre estas entidades. Además, la Directiva establece las consecuencias para las entidades ficticias teniendo debidamente en cuenta los acuerdos y convenios en vigor entre los Estados miembros y terceros países para la eliminación de la doble imposición sobre la renta y, en su caso, sobre el patrimonio.