Amplio consenso en la ampliación del Derecho de Defensa

Un extenso panel de expertos coincide en la necesidad de ampliar el proyecto de ley a los procedimientos que realizan especialistas como el arbitraje o los procesos tributarios.

El legislador debe revisar el concepto de derecho a la defensa, puesto que éste no se ciñe única y exclusivamente al ámbito procesal, sino que en la actualidad afecta también a los procesos administrativos, a la asesoría, a la mediación e, incluso al arbitraje, entre otros muchos asuntos, según la principal conclusión de la jornada sobre El derecho a la defensa, organizada por el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y ex Fiscal General del Estado, Julián Sánchez Melgar, ha afirmado que “todas las profesiones jurídicas deben tener una buena regulación, pues todas están encaminadas a la defensa de su cliente, en cualquier manera y sobre cualquier aspecto. Ese asesoramiento es la primera defensa, y por ello deben estar todas incluidas en el concepto de Derecho de la Defensa”. Para el magistrado, “el proyecto no distingue entre el consejo, el asesoramiento jurídico que puede incluir la defensa y que no es exclusiva de la abogacía, de la defensa procesal, que sí que es exclusiva de la abogacía”.

Fernando Santiago, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid, se ha referido a que la sociedad es cada vez más compleja y ha alegado “que es necesario que en la primera línea de la defensa, que es el asesoramiento para evitar los tribunales, es necesario un profesional cualificado, bien formado en la materia de que se trate y con una formación específica y permanente y no un abogado que desconozca los vericuetos de, por ejemplo, las materias fiscales, puesto que es necesario conocer todos los vericuetos administrativos para obtener el mejor resultado para el ciudadano”·.

A este respecto, José Antonio Marco, presidente del Tribunal Económico Administrativo Central (Teac), ha atestiguado que en el ámbito fiscal es fundamental la intervención de especialistas más que de abogados. Al menos para la primera toma de contacto, pues se trata de un tema administrativo muy complejo. “Si pasa a la vía contenciosa, ya es otra situación, porque ya no se trata de la vía económico-administrativa”, ha aclarado.

Sobre la necesidad de ampliar este concepto de Derecho de Defensa, en el transcurso de la tramitación del proyecto de ley, si es que el Gobierno que salga de las urnas el 23 de julio decide retomar el texto que fue remitido al Congreso, pero que ha decaído con el final de la legislatura, se apuntaron los ex ministros de Justicia, Rafael Catalá y Juan Carlos Campos, magistrado del Tribunal Constitucional.

Para Fernando Santiago, “los abogados cuentan, desde hace mucho tiempo, con la reserva de actividad sobre la exclusividad de la defensa en sede judicial. Pero la defensa excede con claridad a ese único espacio. No puede establecerse por Ley una relación biunívoca entre derecho a la defensa y sede judicial, que por la transitiva establecería una relación también biunívoca entre derecho a la defensa y abogacía. Y, en esta misma línea, Luis Santamaría, que ha sido esta pasada legislatura portavoz del Grupo Popular en la Comisión de Justicia del Congreso, ha estimado que “el nuevo equipo gubernamental tendrá que plantearse qué se entiende por derecho a la defensa, Y ha añadido que eso es lo que íbamos a proponer en nuestras enmiendas si el proyecto no hubiese decaído con la legislatura”.

Pablo Gutiérrez de Cabiedes, catedrático de Derecho Procesal ha manifestado que la Ley mantiene una nomenclatura de todo menos clara. En algunos artículos el texto habla de los procedimientos alternativos y hace, lo que bajo ningún concepto debería hacer, que es reservarlos para la abogacía, en aspectos donde no se exige la exclusividad. La Ley lo que debería hacer es salvaguardar derechos. Esta Ley, con respeto para quienes han colaborado en su confección, es una ley gatillazo. Es una ley decorativa que se queda lejos de lo que debería ser”.

Finalmente, el ex presidente del Consejo General de Graduados Sociales, Javier San Martín, ha dicho que tal y como está este proyecto de ley “no obedece a una reivindicación de los ciudadanos, pues su contenido ya está recogido en las leyes procesales”.