Se inicia el intercambio de información fiscal de plataformas digitales

Hacienda ultima una orden que regulará el formulario 040 de declaración censal. La ley introduce la ordenación de las inspecciones conjuntas a nivel europeo.

El Gobierno ha remitido al Parlamento el proyecto de Ley por el que se modifica la Ley General Tributaria (LGT) para transponer la directiva UE 2021/514 (DAC7), que introduce nuevas exigencias de intercambio de información entre los países de la Unión Europea (UE), obtenida a través de los operadores de plataformas digitales.

La norma incluye también en su texto, el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el intercambio automático de información sobre la renta obtenida a través de plataformas digitales en el ámbito de la OCDE, de la que el Estado español es suscriptor. En la misma línea, se pone en marcha el Modelo de Reglas de comunicación de información por parte de operadores de plataformas respecto de los vendedores en el ámbito de la economía colaborativa y la economía de trabajo esporádico de la OCDE, con un contenido similar a la DAC7 y que facilita el intercambio de información a raíz del acuerdo multilateral.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1467 de la Comisión de 5 de septiembre de 2022 regula los formularios normalizados para la comunicación al registro central de información sobre los operadores de plataforma excluidos y los operadores de plataformas extranjeros no cualificados, el formato del número de identificación individual asignado a los operadores de plataformas extranjeros no cualificados y el período de conservación de la información borrada del registro central. Este Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2023.

Hacienda ha sometido a información pública la orden por la que se regulará el formulario 040 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados, que estará disponible exclusivamente en formato electrónico y cuya presentación se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT). Así, el operador extranjero no cualificado deberá disponer de número de identificación fiscal.

La ley introduce la regulación de las inspecciones conjuntas a nivel europeo. La normativa define el concepto de inspección conjunta y establece que la regulación aplicable será la española propia del régimen de las actuaciones de inspección, salvo que éstas se desarrollen fuera, en cuyo caso, se aplicarán las disposiciones del Estado de desarrollo.