La vía civil y administrativa por los datos son compatibles

El afectado puede recurrir el Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea por las dos jurisdicciones sin que priorice

una de ellas sobre la otra.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) permite que las personas que aleguen una infracción en materia de datos puedan recurrir tanto por la vía civil como por la administrativa, de manera simultánea, sin que una vía priorice sobre la otra, según falla el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia fechada a 12 de enero de 2023.

El ponente, el magistrado I. Ziemele, considera que el Reglamento ofrece varias vías de recurso, por lo que cada una de ellas pueden ejercerse “sin perjuicio” de las demás y de manera concurrente e independiente.

No obstante, respecto a la posibilidad de que al interponer un recurso por distintas vías judiciales, cada uno de los órganos se pronuncie de forma diferente, es decir, que dé lugar a resoluciones contradictorias, el tribunal aclara que en este caso corresponderá a cada Estado miembro garantizar que no se ponga en peligro la protección efectiva de los derechos garantizados por el Reglamento General de Protección de Datos. Para ello, según informa el TJUE, cada Estado deberá adoptar las normas procesales necesarias con el objetivo de garantizar el cumplimiento del Reglamento.

Europa se pronuncia así sobre el caso de un ciudadano húngaro que acudió a una junta de accionistas de una compañía de la que tenía títulos y durante el evento realizó varias preguntas a los miembros del consejo de administración. Posteriormente, esta persona pidió a la sociedad que le facilitara la grabación de sonido de la junta, pero la compañía solo puso a su disposición un fragmento del fonograma en el que se incluía su participación, pero no las respuestas que le habían dado. Así, el accionista acudió a la autoridad de control húngara para que pidiera a la empresa el fonograma completo, pero su solicitud fue desestimada. El afectado recurrió de un lado al Tribunal General de la Capital por la vía contencioso-administrativa y, a la par, interpuso un recurso ante los órganos civiles húngaros.