Rafael del Rosal, abogado: “Lo que desean sus redactores es dejar reducida a ‘ley florero’ la futura Ley del Derecho de Defensa”

Rafael del Rosal es uno de los grandes especialistas en deontología profesional de la abogacía, así como de todo lo correspondiente a normativa sobre el sector legal y, principalmente, sobre el Estatuto de la Abogacía. Le preguntamos sobre el proyecto de Ley del Derecho de Defensa, norma fundamental para la profesión.

¿La futura Ley de Derecho a la Defensa es más que una declaración de intenciones?

El que es una declaración de intenciones es el anteproyecto recién presentado en sociedad, pues lo que viene a expresar es que lo que desean sus redactores es dejar reducida la futura LODD a ser lo que vengo llamando una ley florero: que parezca hermosa y su contenido no sirva para lo que debería servir.

¿No es algo duro con su contenido?

En absoluto. Lo dicen ellos mismos con descaro en la “Exposición de Motivos”, cuando dejan constancia esa ley servirá para “...que las personas conozcan el alcance de este derecho en su máximo reconocimiento y garantía, así como para dejar constituida una ruta de guía para los operadores jurídicos”. Una ley como esa no debe ser ni informativa ni una guía, sino un freno material de los abusos del poder en el ejercicio de sus funciones y una protección material y real de los ciudadanos.

¿Pero qué entiende que le falta?

De todo. Tenía que haber recogido la solución de garantía para cuantas disfunciones ha puesto de manifiesto el sistema en los cuarenta años de andadura de la democracia. Sin embargo, el proyecto tira la toalla nada más empezar y en su art. 1.3 ya se remite al derecho ordinario para desarrollar el contenido del Derecho de Defensa, en lugar de hacerlo ella.

¿Y en relación con la Abogacía?

Ahí el fracaso es máximo pues ni su función de la defensa encontró buen desarrollo en su Estatuto General, ni la misma encontró un buen desarrollo en la jurisprudencia, de tal manera que las garantías de la función de la Defensa se encuentran en mantillas.

¿Podría señalar los más importantes?

Que no integre completo el Estatuto General de la Abogacía mientras que la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge completo el Estatuto del Juez o la Ley del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, recoge el de éste, igualando la jerarquía normativa de las tres patas de la Administración de justicia. No regula el contenido y límites de las Prerrogativas de la Abogacía en el ejercicio de la Función de la defensa, ni su Régimen de Amparo. No agrupa el grueso de lo que hay regulado de forma dispersa y deficiente de esas prorrogativas. Y no afronta problemas ancestrales como la intervención de los abogados en los interrogatorios policiales.

¿Y en lo que a la responsabilidad ética de la Abogacía se refiere?

Sigue sin regular la legitimación activa del ciudadano para revisar jurisdiccionalmente el archivo de sus quejas y ofrece contrato escrito del encargo a los clientes cuando eso ya lo tienen en el Código Civil desde 1889, sin convertir la Hoja de Encargo en obligación ética mientras ya lo hacen las leyes de protección de consumidores y usuarios.

¿Y refuerza a los Colegios de Abogados en sus competencias?

En absoluto. Ni siquiera obliga a la Organización Colegial de la Abogacía a publicar sus acuerdos en la materia, sino que la alivia con la publicación de “circulares de interpretación”. Una broma.

¿Y no es atrevido pensar que eso precisamente es lo buscado por los redactores?

Bueno, lo acredita bastante la realidad de cuanto vengo señalando. Pero terminan de confirmarlo que el Proyecto no lo hace el partido en el Gobierno, sino una Comisión legislativa fuertemente penetrada por el lobby empresarial de los servicios jurídicos y la abogacía institucional, reacias a muchas exigencias, a inquietar a los jueces y a fortalecer sus poderes como Autoridad Reguladora del mercado de los Servicios Jurídicos.

Pero vienen declarando estos días que lo van a mejorar entre todos...

Tienen mucho sentido del humor.

¿Y cuál sería su conclusión general?

Que si nadie lo remedia será una ocasión perdida. Por lo que llamo desde aquí a la ministra, Pilar Llop, a la que conozco y admiro y que se encontró con el guiso hecho sin posibilidad de pararlo sin quedar para la Historia como la aguafiestas de la libertad de defensa, que entregue el empeño a sus técnicos independientes y a los abogados del partido en el Gobierno, para que enderecen el rumbo en su mejora aunque tardemos más en lograrlo.