Mayrata Conesa, gerente de ‘Compliance’ y Buen Gobierno de Aenor: “Esta certificación permite demostrar el grado de cumplimiento de Buen Gobierno frente a terceros”

Aenor ha creado la primera certificación de Buen Gobierno Corporativo. Gracias a ella las empresas pueden demostrar su buen desempeño con una medición objetiva. Grandes empresas cotizadas cuentan con este certificado, basado en la metodología del Índice Reputacional de Buen Gobierno creado por Villafañe & Asociados.

Se trata de un certificado que sigue las recomendaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en su Guía de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas. Para hablar sobre este tema hemos contactado con la gerente de Compliance y Buen Gobierno de Aenor, Mayrata Conesa Alagarda, que nos explica en detalle los puntos destacables de esta certificación, sus beneficios y por qué es importante para una empresa desarrollar una estrategia de Buen Gobierno, así como sobre la situación del compliance en las empresas cotizadas.

¿Qué ventajas aporta este tipo de certificados a las empresas cotizadas?

La ventaja que tienen las empresas es que pueden mostrar el grado objetivo de cumplimiento que tienen sobre las recomendaciones de la Guía de la CNMV para las cotizadas. Es verdad que ahora tienen una obligación de cumplir y explicar, como la propia Guía les marca, y así lo hacen, según el informe anual de IAG. Sin embargo, esta es una forma de medir con criterios objetivos, a través de una serie de indicadores, el grado de cumplimiento de estas recomendaciones, lo cual les permite luego argumentar frente a sus accionistas y frente a terceros.

¿En qué parámetros se basa esta certificación?

Se trata de un índice sobre una base de 1.000 puntos, que está integrada por un conjunto de indicadores que, a su vez, se integran en nueve variables (Consejo de Administración, Junta General de Accionistas, anticorrupción y fraude, o sostenibilidad y gobernanza ESG, entre otros aspectos). Estas últimas, sobre todo, lo que miden es la composición y el funcionamiento del órgano de gobierno. Por ejemplo sobre la independencia de los consejeros o el funcionamiento de las diferentes comisiones, a través de los ejercicios de transparencia pertinentes. Y, luego, con relación a asuntos tan importantes como la sostenibilidad, la prevención de la corrupción, la prevención de los conflictos de interés, entre otros aspectos. Y para cada indicador existen unos criterios que les asignan las distintas puntuaciones, ponderadas según la relevancia de las cuestiones, lo que nos da una cifra final que califica la situación de la compañía analizada.

¿Qué peso específico tienen estos certificados frente al Consejo de Administración?

Una de las cosas que nos parecen más importantes es que este tipo de certificaciones se está haciendo desde el consejo. Nuestro interlocutor a la hora de poder explicar y ofertar esta certificación es el secretario del consejo. Es una decisión desde el propio órgano de gobierno de la sociedad cotizada. Nuestra percepción es que les parece interesante la capacidad de poder mostrar su compromiso en estas cuestiones y, lo que es más importante, contar con la validación de un tercero.

¿Cuál es la situación del ‘compliance’ en este tipo de sociedades?

Tenemos un buen número de empresas certificadas en compliance penal. En la parte de la corrupción y el soborno la situación es muy positiva. Cada vez vemos más implicación de los órganos de gobierno, porque cualquier esfuerzo de compliance tiene que partir del liderazgo y cada vez observamos una mayor involucración en estas actuaciones de los más altos niveles.

¿Y cuál es la postura de los jueces ante este tipo de certificaciones?

Hemos visto una serie de autos judiciales, en fase de instrucción, donde aquellas sociedades que estaban siendo investigadas y han aportado sus modelos de prevención de delitos, con nuestros informes, como una pericial que aportan de un tercero, y, hasta ahora, han sido consideradas con éxito, tanto como base del modelo de la propia organización como por el aval de nuestros informes.

Más duro estará siendo el ‘compliance’ fiscal ¿no?

El interés, en este caso, se despierta solo en las grandes compañías y, al igual que el compliance penal está llegando a empresas de tamaño mucho más reducido, el fiscal aún está muy lejos de ello. Lo que no existe es una postura desde la Administración Pública de dar un reconocimiento al compliance tributario. Quizás es todavía muy pronto. Es necesario contar con el apoyo de la Administración valorando el esfuerzo de las compañías.