La Sanidad suma el 31,7% de los litigios por responsabilidad patrimonial
Más de la mitad de las reclamaciones formuladas en España frente a las Administraciones Públicas tienen como objetivo obtener indemnizaciones de las Comunidades Autónomas (51%) y en menor medida al Estado (38%), mientras que la menor incidencia afecta a las Entidades Locales (11%).
En 2021 la mayor parte de litigios sobre responsabilidad patrimonial a los que se enfrentan las Administraciones públicas se han producido en el ámbito sanitario, llegando a representar un tercio de los litigios (31,7%), y le siguen los procedimientos de ámbito tributario (12,7%), Y este ejercicio llama la atención el aumento de los litigios en materia de función pública (12,4%).
Estos datos forman parte del informe sobre la Justicia Administrativa 2022, elaborado por el Centro de Investigación sobre Justicia Administrativa de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), en el capítulo firmado por Fernando Pastor, profesor agregado de Derecho Administrativo, en el que muestra que se observa un predominio claro de las reclamaciones formuladas frente a las Administraciones estatal (38,4%) y autonómicas (50,6%) y una menor incidencia de las reclamaciones formuladas frente a las entidades locales (11%).
La mayor parte de los litigios sobre responsabilidad patrimonial de la Administración concluyen sin indemnización para el particular. Globalmente esto ocurre en un 69% de los litigios. No existen diferencias significativas entre las distintas instancias, puesto que las cifras son similares tanto en primera (67,9%) y segunda instancia (76,5%) como en casación (67,7%). Este último dato contrasta con el de años anteriores, en los que se observaba una caída en la tasa de desestimación en la casación.
Se observa un predominio claro de las sentencias desestimatorias, tanto en primera (63,5%) como en segunda instancia (61,8%). Mientras que el año anterior se observaba una caída considerable de la tasa de desestimación en la casación, este año ese dato es más elevado que en las dos instancias inferiores (67,7%, frente al 23,1% reportado en la edición anterior de este informe). Como siempre, la tasa de inadmisión es muy reducida, dado que la muestra del estudio únicamente incluye sentencias.
El importe medio de las indemnizaciones concedidas en los litigios sobre responsabilidad patrimonial de la Administración de este año es de 922.073,71 euros. La muestra incluye una sentencia con una indemnización inusualmente elevada de 55.520.548 euros. Si se excluye ese valor atípico del cálculo, la media es de 107.171,11 euros Al igual que en años anteriores, se observa una diferencia importante entre el importe medio de las indemnizaciones concedidas a personas físicas, que es de 54.529,21 euros, y a las personas jurídicas de 118.986,08 euros (ó 3.196.850,63 euros si se cuenta ese valor atípico).
Informa el estudio de que son relativamente poco frecuentes los litigios en los que se discute la prueba del daño, es decir, la realidad o existencia misma de la supuesta lesión como consecuencia de la cual se reclama una indemnización a la Administración: 36,6% en primera instancia, 26,5% en segunda instancia y 22,6% en casación.
La mayor parte de los daños indemnizados son patrimoniales (59,2%), seguidos de los daños morales o psicológicos (22,4%) y de los daños físicos (18,4%). El porcentaje de casos en los que se declara indemnizable cada tipo de daños, observamos que se reparan daños patrimoniales en un 71,8% de las sentencias estimatorias, daños morales o psicológicos un 27,2% de dichas sentencias, y daños físicos en un 22,3%, de las mismas.
En los litigios sobre responsabilidad patrimonial se discute con más frecuencia la calificación jurídica del daño como lesión resarcible, puesto que esta cuestión se aborda en un 52,8% de las sentencias de primera instancia, 55,9% de las sentencias de segunda instancia y 51,6% de las sentencias de casación.
Tipos de litigios y sus promotores
Se observa un predominio claro de los litigios instados por personas físicas en primera (77,8%) y segunda instancia (73,5%). En primera instancia no se recoge ningún litigio instado por una Administración distinta a la que se le achaca el daño, lo cual sugiere que las Administraciones públicas apenas utilizan el instituto de la responsabilidad patrimonial para reclamarse daños entre sí.
Sí se recogen algunos supuestos de este tipo en segunda instancia (8,8%). Sin embargo, es posible que muchos de ellos se correspondan con recursos de apelación planteados por Administraciones condenadas en primera instancia por las acciones u omisiones de órganos dependientes de las mismas.
En la casación, se observa una distribución más equilibrada de los asuntos en los que el recurrente es persona física (29%), jurídica (41,9%) o la Administración a la que se le achaca el daño (41,9%).
El 35,9% de las sentencias incluidas en la muestra del Informe de la UAM no abordan explícitamente la cuestión del título de imputación. Para el 64,1% de las sentencias que sí lo tienen en cuenta, el 41% se refieren a la Lex Artis. Le siguen: la responsabilidad objetiva (26,6%), culpa o negligencia (12,4%), violación suficientemente caracterizada del DUE (10,6%), inconstitucionalidad de la ley (5,9%), error judicial (3,5%), margen de tolerancia (3,5%), mera ilegalidad (2,9%), sacrificio especial o privación singular (2,9%), y otros (0,6%).