Julio Ransés Pérez Boga, presidente de la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado: “Proponemos que la empresa designe un recinto dentro de sus instalaciones, sin la consideración de domicilio”

Los Inspectores de Hacienda buscan soluciones contra el fraude fiscal que pasan por solucionar asuntos tan polémicos como la entrada en el domicilio, la responsabilidad del empresario en situación de insolvencia que no declara el concurso en los plazos establecidos o el empleo de testaferros. Sobre todo ello hablamos con Pérez-Boga.

¿Qué opinión tienen sobre la segunda oportunidad y el perdón o no de las deudas?

Ese es un tema que no nos corresponde a nosotros. Si quieren hacer una ley que la hagan, pero con cuidado, porque se debe lanzar un mensaje de que una cosa es una segunda oportunidad y otra es generar un sistema para que unas personas no paguen sus deudas y sigan montando nuevas sociedades en las que no vuelvan a pagar sus deudas y en las que, en el camino se enriquezcan ilícitamente sin contribuir a los gastos públicos a través de los impuestos.

¿La polémica judicial de las entradas en el domicilio se solucionan con la ‘tax room’?

Este es un tema que no sería necesario, si finalmente se solventa la entrada en el domicilio sin avisar. Hace tres años que venimos diciendo que es necesario regular la entrada en una ley orgánica, puesto que el domicilio es un término jurídico muy complejo. Hay sentencias de todos los colores sobre lo que se considera domicilio. Pedimos la regulación de esa figura, pero mientras tantos proponemos que se obligue a que la empresa designe un recinto dentro de sus instalaciones, que no tenga la consideración constitucional de domicilio, donde la Inspección pueda acceder y encontrar en esa habitación toda la documentación que se pueda precisar para una Inspección.

¿Qué cambios deberían incluirse en la reforma de la Ley Concursal?

Nos preocupan los casos en que la empresa está en situación de concurso y que el administrador no lo declara. Estamos convencidos de la necesidad de sancionar las conductas de quienes demoran o incumplen la obligación de solicitar el concurso en situaciones de insolvencia, de cara a adelantar estas situaciones, facilitando los convenios y la recuperación de deuda de los acreedores. Es preciso modificar la actual regulación de la pieza de calificación, de modo que sea más fácil determinar la culpabilidad, tanto en el concurso necesario como en el voluntario, si no ha sido solicitado en los plazos legalmente exigibles. Es necesario, en estos casos, que la condena recaiga sobre las personas declaradas responsables y que deban responder personalmente del déficit patrimonial. Es preciso que se posibiliten de embargos administrativos practicados antes de la declaración de concurso y que no sean alzados, como viene ocurriendo, en determinados supuestos. Se debe inhabilitar a los administradores que, debiendo hacerlo, no hayan solicitado la declaración de concurso.

¿El problema son los testaferros y los administradores de hecho?

En vía de Recaudación y Gestión es preciso acabar con los testaferros. Para ello es necesario que se apruebe el Registro de Defraudadores y que quien entre en él sufra una muerte civil. La consulta a estos registros debe ceñirse a la Inspección, pero, además, debe tener consecuencias. Ese testaferro tendrá cierre registral y el cierre notarial, alcanzando, como es lógico a los administradores de hecho, que son mucho más peligrosos si cabe. Estos ya no lo van a hacer. Podrán nombrar a otros. Yo tuve la experiencia en una inspección a un club de alterne, en el que el dueño era el proxeneta y el administrador era un camarero. Y después, se cerró la sociedad sin haber pagado y el proxeneta volvió a crear una nueva sociedad, alquilando el mismo local y siguió explotando a las mismas mujeres. Es necesario crear una normativa que recoja la responsabilidad del administrador de hecho, de una forma sencilla y automática. Una sociedad que no paga sus impuestos y que es sancionada, con un administrador que toma sus decisiones unívocamente o, incluso, entramados de sociedades que se dedican a lo mismo y se van repartiendo a los clientes, facturándose unos a otros y que, de vez en cuando dejan caer una de ellas, repercutiéndose el IVA sin haberlo pagado. Y si mejoramos el tratamiento de la pieza de calificación del concurso, cerramos el círculo de este tipo de fraude.

¿Y en el caso de las ayudas públicas y de las subvenciones?

También en este caso venimos solicitando un Registro de Ayudas Públicas. Una empresa que no se ha portado bien con su país, que no ha pagado sus impuestos, que incluso ha sido motivo de sanción, no debería tener derecho a la percepción de ayudas y subvenciones. Creo que esto hay que regularlo de una forma más amplia. El Estado debe protegerse y sancionar a los ciudadanos que le traicionan