El Gobierno manda al Congreso la ley que reforma la sanidad

La norma, según la ministra Carolina Darias, mejora, amplía y devuelve derechos a la ciudadanía, aunque Podemos critica que no servirá para evitar la privatización.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de la Ley de Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS) en el que, entre otros asuntos, se cierra la puerta a nuevos copagos especialmente en transporte sanitario no urgente, al tiempo que amplía la excepción del copago ortoprotésico a los colectivos más vulnerables, al igual que se hizo con los copagos farmacéuticos. Además, en la norma se ponen trabas a que se privatice la sanidad pública y se amplía la asistencia sanitaria universal.

Una de las medidas más importantes del Anteproyecto es “blindar la sanidad pública”, de forma que el modelo de gestión “preferente” a partir de ahora será la “directa”, es decir, la realizada directamente por las Administraciones Públicas, pero la norma incluirá “excepciones para que la gestión de los centros sanitarios se haga a través de modelos privados de forma complementaria y de apoyo. Será en estos casos el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) el que determine las pautas para decidir si las Comunidades Autónomas que quieran privatizar un servicio sanitario cumplen los requisitos o no los cumplen.

El Anteproyecto también incluye la posibilidad de realizar, dentro de un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley, una modificación legislativa y normativa a nivel nacional para facilitar que las comunidades autónomas puedan revertir y recuperar privatizaciones de centros sanitarios en las mejores condiciones posibles.

Igualmente, el Gobierno busca recuperar la Cartera Común de Servicios “única”, evitando las discrepancias de prestaciones entre comunidades autónomas que provocan desigualdad entre los ciudadanos dependiendo de su lugar de residencia.

Se amplían los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria de las personas con nacionalidad española de origen residentes en el exterior, desplazadas temporalmente al territorio español, así como a los familiares que les acompañen, cuando no tuvieran prevista dicha cobertura de acuerdo a lo dispuesto en los reglamentos comunitarios de coordinación de sistemas de Seguridad Social o los convenios bilaterales que comprendan la prestación de asistencia sanitaria. También se amplían los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria a las personas ascendientes reagrupadas por su hijo titular del derecho a la asistencia sanitaria en el SNS, cuando estén a su cargo y siempre que no exista un tercero obligado al pago de dicha asistencia. Además, tendrán derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que las personas titulares del derecho durante su permanencia en España, tales como solicitantes de protección internacional, solicitantes y beneficiarias de protección temporal, víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual, y personas no registradas ni autorizadas como residentes en España.

Dentro de la prestación de atención especializada, se concreta la medicina de precisión, personalizada, predictiva, participativa y poblacional, que está centrada en las características de cada paciente para adaptar de una manera más efectiva y más personalizada el diagnóstico y las medidas terapéuticas o preventivas.

Se especifica, en materia de prestación de atención especializada y sociosanitaria, que la rehabilitación en pacientes con déficit funcional es la encaminada a facilitar, mantener o devolver al paciente el mayor grado de capacidad funcional e independencia, con el fin de reintegrarle en su medio habitual. Y se incorpora una previsión relativa al Fondo de Garantía Asistencial (FOGA), hasta ahora regulado en el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, para posibilitar su desarrollo reglamentario. El FOGA es el fondo extrapresupuestario que está destinado a la compensación entre las CCAA por las actuaciones que sus servicios de salud realicen en el marco de la aplicación de la cartera común básica de servicios asistenciales y de la suplementaria a las personas con derecho a la asistencia sanitaria en sus desplazamientos temporales, y tiene por objeto garantizar la cohesión y equidad en el SNS.