Obligaciones de sostenibilidad sobre las cadenas de suministro vigentes en 2023

En 2023 está previsto que entre en vigor de la nueva Ley europea de debida diligencia en la cadena de suministro para prevenir las violaciones de los derechos humanos y de la legislación medioambiental. La normativa se aplicará en todos los países europeos y obligará a realizar controles estrictos.

La crisis provocada por el Covid-19 supuso el espaldarazo definitivo a la importancia de la inversión ESG a escala global. A esto se ha sumado la ingente regulación en este ámbito; la nueva estrategia de finanzas sostenibles de la Comisión Europea, presentada el pasado 6 de julio de 2021, recoge un conjunto de iniciativas destinadas a hacer frente a los retos ambientales, al mismo tiempo que incentiva la inversión en productos sostenibles y la inclusión de las pymes en la transición hacia una economía sostenible.

Europa se enfrenta a una serie de desafíos económicos, medioambientales y sociales, sobre todo la crisis en Ucrania, con las empresas gravemente afectadas por las interrupciones de la cadena de suministro. Para abordar estos desafíos, la Unión Europea (UE) ha lanzado nuevas medidas para fortalecer la resiliencia del Mercado Único y construir una economía sostenible, digital y competitiva a nivel mundial. Mejorar la capacidad de los empresarios, las empresas y las sociedades para recuperarse de las crisis es fundamental para la rápida recuperación y el éxito futuro de Europa. Sin embargo, reiniciar la economía después de una pandemia y una recesión no es una tarea fácil. Dichos cambios requieren acción inmediata y esfuerzos conjuntos en todos los niveles y partes interesadas.

De acuerdo con un estudio de la Comisión Europea publicado en el 2020 sobre debida diligencia en la cadena de suministro, solamente el 35% de empresas realiza procesos de debida diligencia o vigilancia de los impactos en los derechos humanos y medioambientales de su actividad y solo un 16% cubre en este análisis su cadena de suministro.

Ante esta realidad, la Comisión Europea ha publicado una propuesta de Directiva sobre debida diligencia en materia de sostenibilidad empresarial, que será presentada al Parlamento Europeo y al Consejo para su adopción, pudiéndose plantear enmiendas al texto. La propuesta tiene por objeto fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable a lo largo de las cadenas de suministro mundiales. Se les exigirá que determinen y, en caso necesario, prevengan o reduzcan los efectos adversos de sus actividades en los derechos humanos (trabajo infantil y explotación de los trabajadores) y en el medio ambiente (contaminación y pérdida de biodiversidad).

Para las empresas, estas nuevas normas aportarán seguridad jurídica y condiciones de competencia equitativas. Para los consumidores y los inversores, aportarán más transparencia.

Las nuevas normas de diligencia debida se aplicarán, de una parte, a todas las empresas de responsabilidad limitada de la UE de tamaño y poder económico considerables (más de 500 empleados y más de 150 millones de euros en volumen de negocios neto en todo el mundo). De otra, a las empresas de responsabilidad limitada con sectores de actividades definidos de gran impacto y que no alcanzan los dos umbrales anteriores, pero que tengan más de 250 empleados y un volumen de negocios neto de 40 millones de euros en todo el mundo. Para estas empresas, las normas empezarán a aplicarse dos años más tarde. Y, finalmente, están las empresas de países terceros con actividades en la UE con un umbral de volumen de negocios generados en la UE de los grupos previos. Las pequeñas y medianas empresas (pymes) no entran directamente en el ámbito de aplicación de la propuesta.

Esta propuesta se aplica a las actividades propias de la empresa, sus filiales y sus cadenas de valor (relaciones comerciales establecidas de forma directa o indirecta). Para cumplir con el deber de diligencia debida de las empresas, estas deben integrar la diligencia debida en sus estrategias; determinar los efectos negativos reales o potenciales en los derechos humanos y el medio ambiente; prevenir o reducir los posibles efectos negativos; poner fin a los efectos negativos reales o reducirlos al mínimo; establecer y mantener un procedimiento de demanda; supervisar la eficacia de la estrategia y las medidas de diligencia debida, y comunicar públicamente sobre diligencia debida. Una vez concluido el proceso, los Estados miembros dispondrán de dos años para incorporar la Directiva al ordenamiento jurídico nacional y comunicar los instrumentos pertinentes a la Comisión.

La Comisión, ha puesto el foco en sectores que presentan un riesgo potencial más alto de provocar impactos adversos en las personas y el medio ambiente, como el forestal o la minería, para los que se han aprobado o están en proceso de elaboración reglamentos específicos. En términos generales, se persigue conseguir una protección efectiva de los derechos humanos y el medio ambiente contemplados en los convenios internacionales.

Ya se encuentra en vigor el Reglamento sobre la transparencia y sostenibilidad de la evaluación de riesgos de la UE en la cadena alimentaria. En los próximos cuatro años, la Comisión también realizará misiones de investigación en los laboratorios para evaluar si estos últimos aplican las normas pertinentes para las pruebas y estudios presentados a la EFSA en el contexto de un proceso de solicitud. Estas misiones permitirán a la Comisión identificar y, si es necesario, corregir cualquier incumplimiento o debilidad.

El pasado 10 de marzo 2021 entró en vigor el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles de la Unión Europea abanderando el enfoque en las finanzas sostenibles y haciendo que todas las gestoras de activos deban publicar información sobre sus procesos de sostenibilidad. El reglamento de Divulgación (SFDR, por sus siglas en inglés) introduce obligaciones de divulgación de información sobre cómo los inversores institucionales y los gestores de activos integran factores ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) en sus procesos de gestión de riesgos. Asimismo, se especifican los requisitos para integrar los factores ESG en las decisiones de inversión. El reglamento pretende evitar el llamado greenwashing. Esto se traduce en que un gestor de activos se auto etiquete como sostenible cuando no lo es.

Además de la Directiva europea, en España se está tramitando una legislación propia nacional, actualmente en periodo de consulta pública previa, que se enmarca dentro del compromiso de España adquirido en 2015 de cumplimiento de la Agenda 2030, y en cierto sentido emana de las “Recomendaciones destinadas a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa”, aprobadas por el Parlamento Europeo en 2021.

El Reglamento de Divulgación exige clasificar los Productos Financieros en tres categorías. Los inversores tienen una forma estandarizada de conocer el carácter sostenible de sus inversiones. El Reglamento divide los productos financieros en No Sostenibles, los que promueven características medioambientales o sociales o una combinación de ambas y los que tienen como objetivo inversiones sostenibles: es decir, con un objetivo concreto.

La Red Enterprise Europe Network y los clústeres de la UE desempeñan un papel esencial en la mitigación de las vulnerabilidades en las cadenas de suministro internacionales. Para abordar estos problemas apremiantes, la Red ha establecido una plataforma de Resiliencia de la Cadena de Suministro. Esto ayuda a las empresas a retener, reestructurar o reemplazar las cadenas de suministro existentes, así como a obtener materias primas, piezas, componentes y/o bienes o servicios semiterminados que necesitan para mantener la producción en marcha.