El Gobierno espera al CGPJ para aprobar su Ley de Vivienda

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez ha expresado su “plena confianza” en que la Ley de Vivienda “será pronto una realidad”.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez ha recordado que es “preceptivo, pero no vinculante” señalando que ésta se aprobará en Consejo de Ministros una vez se conozca y valore el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Sánchez ha asegurado que la Ley de Vivienda cumple “escrupulosamente” todos los trámites “en forma, tiempo y contenido” y respeta las competencias atribuidas al Estado central y las comunidades autónomas.

“Una vez tengamos el informe del CGPJ, lo valoraremos, aunque no sea vinculante, y llevaremos al Consejo de Ministros la Ley de Vivienda y luego al Parlamento”, ha afirmado la ministra, que ha aseverado que la vivienda “está llamada a convertirse en el quinto pilar del Estado de Bienestar”.

El Consejo de Ministros no pudo aprobar el anteproyecto de Ley de Vivienda el pasado martes 18 de enero, tal y como tenía previsto, puesto que los vocales del CGPJ han acordado rechazar la propuesta de informe y volver a estudiar una nueva propuesta a finales de mes, en el pleno ordinario del 27 de enero. Este dictamen es un trámite preceptivo, aunque el informe no es vinculante para el Gobierno.

El informe había despertado el rechazo de buena parte de los vocales del CGPJ en aspectos como la valoración de que la intervención sobre el alquiler introducido en el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda es compatible con el derecho a la propiedad del artículo 33 de la Constitución. Este es uno de los asuntos que más polémica ha levantado desde que se conocieron las primeras versiones de los borradores del anteproyecto.

El ponente que ha elaborado el informe, el vocal Álvaro Cuesta, consideraba que “la regulación adoptada no hace irreconocible dicho derecho (de propiedad) ni niega la utilidad económica de la propiedad, por lo que se mueve dentro de los parámetros de control establecidos por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.

Además, otra de las grandes diferencias doctrinales entre los vocales del CGPJ es la conveniencia de que una ley estatal regule toda la problemática del derecho a una vivienda digna a través de una ley estatal, cuando el Tribunal Constitucional en sentencia de 1997, determina que las competencias de ordenación del territorio y vivienda corresponden a las Comunidades Autónomas. Así, muchas de las medidas recogidas en el texto legislativo deberían adoptarse a iniciativa de estas instituciones.

Inconstitucionalidad por competencias

Según la nota de prensa emitida por el Consejo, el Pleno ha estimado las alegaciones, convertidas en enmienda a la totalidad, formuladas por el vocal Enrique Lucas. Éste señalaba en sus alegaciones las dudas sobre la competencia del Estado para legislar sobre una materia -el derecho a la vivienda- que la Constitución atribuye a las Comunidades Autónomas en su artículo 148.1.3º.

El autor de la enmienda advierte de que la propuesta de informe rechazada parte de una idea errónea, cual es que el artículo 47 de la Constitución, que garantiza el derecho de todos los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada, “tiene al Estado como destinatario, si no único sí principal, y que, por tal motivo, la garantía y efectividad de ese derecho solo puede proporcionarla una regulación estatal que ha de ser lo más exhaustiva y dirigista posible porque algo tan importante como la vivienda no puede dejarse en manos de las Comunidades Autónomas ni ser objeto de tratamientos diferenciados en función de la orientación política mayoritaria de cada una”.

El texto aprobado por el Pleno añade que el punto de partida del informe deben ser el artículo 148.1.3º de la Constitución, “que no solo opera como fundamento de las competencias autonómicas, sino que, también, es un límite de las estatales”.