Europa exonera al abogado de informar a Hacienda de las operaciones de sus clientes

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) señala que la obligación de alertar sobre prácticas fiscales agresivas incumbe a los demás intermediarios no sometidos al secreto profesional.

La Justicia europea exonera a los abogados de informar a Hacienda de las operaciones de planificación fiscal agresiva de sus clientes, considerando que es imprescindible respetar el secreto profesional de los letrados, la confidencialidad letrado-cliente.

Así lo establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sentencia de 8 de diciembre de 2022, en la que determina que la obligación de comunicar información incumbe a los demás intermediarios no sometidos al secreto profesional y, a falta de tales intermediarios, la que incumbe al contribuyente interesado, garantizan que la Administración tributaria sea informada.

El ponente, el magistrado Jan Passer, añade que tras recibir tal información, dicha Administración puede solicitar información adicional directamente al contribuyente interesado, que podrá dirigirse entonces a su abogado para que le asista. También puede llevar a cabo un control de la situación fiscal de dicho contribuyente.

Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Abat Oliva, explica que “la Directiva distingue entre dos tipos de intermediarios fiscales: el intermediario primario (o principal) y el secundario. El intermediario fiscal primario o principal incluye a quien diseñe, comercialice, organice, ponga a disposición o gestione la ejecución de una operación o acuerdo calificado a efectos de la Directiva como esquema de planificación fiscal potencialmente agresiva. El llamado intermediario fiscal secundario incluye a toda persona o entidad que conoce, o que razonablemente cabe suponer que conoce, que se ha comprometido a prestar ayuda, asistencia o asesoramiento en ese tipo de operaciones.

Protege la confidencialidad

La sentencia considera que el artículo 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (TFUE) protege la confidencialidad de toda la correspondencia entre particulares y da protección reforzada en los intercambios entre abogados y sus clientes.

“Esta protección específica del secreto profesional de los abogados se justifica por el hecho de que se les encomienda un cometido fundamental en una sociedad democrática, a saber, la defensa de los justiciables”, señala el ponente.

Esta misión exige que todo justiciable tenga la posibilidad de dirigirse a su abogado con plena libertad, posibilidad que se reconoce en todos los Estados miembros. El secreto profesional cubre igualmente el asesoramiento jurídico, tanto en lo que respecta a su contenido como a su existencia.