Los concursalistas creen que hundirán la reforma los privilegios públicos

Los expecialistas en Derecho Concursal consideran que la reforma supone, en líneas generales, un avance, pero critican que no se aborde con seriedad la implantación de las alertas tempranas, que no se garantice la gestión profesionalizada y que no se abunde en la exención del crédito público.

Los especialistas en Derecho Concursal aseguran que los privilegios de los créditos públicos en los concursos de acreedores harán fracasar la reforma. Así, se ha puesto de manifiesto hoy en una jornada sobre el Anteproyecto de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, organizado por el Registro de Economistas Forenses (Refor) del Consejo General de Economistas.

El director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), Ángel de la Fuente, se ha referido a la necesidad de suprimir el privilegio de los créditos públicos o, al menos, condicionar dicho privilegio a su previa publicidad. De esta forma considera que deberían incluirse medidas más flexibles del crédito público en segunda oportunidad, especialmente para pequeños emprendedores y autónomos, y personas físicas con menos recursos.

Para de la Fuente “se ha perdido la oportunidad de terminar con los anacrónicos privilegios del crédito público, que no tienen sentido en términos de equidad o de eficiencia”.

Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses (Refor-CGE) se ha referido a que aspectos como la no profesionalización de los procedimientos de reestructuración ni de las soluciones de venta exprés de unidades productivas, la eliminación de los administradores concursales en procedimientos de microempresas o el mantenimiento de la sobreprotección del crédito público podrían dar al traste con los objetivos perseguidos por el anteproyecto.

El presidente del Refor ha propuesto, además, la necesidad de establecer en el Anteproyecto las condiciones profesionales para ser administrador concursal, experto en reestructuraciones y prepack. Así mismo, han considerado que se deberían incorporar medidas prepack para agilizar los procesos de venta de unidades productivas en los trámites preconcursales.

También ha advertido que sería conveniente que se testara y probara el conjunto de nuevos formularios concursales electrónicos previstos, que todavía no se conocen, antes de su puesta en marcha para evitar ineficiencias que podrían colapsar el funcionamiento de los juzgados mercantiles.

Deberían aclararse, por otra parte, cuestiones mal resueltas hasta el momento de ámbito mercantil y laboral en relación con las sucesiones de empresa tras la venta de unidades productivas, con el fin de no obstaculizar indebidamente tales transmisiones.

En el anteproyecto resulta necesaria la formación continua del profesional para adaptarse a los constantes y profundos cambios introducidos en poco tiempo en el área preconcursal y concursal.

Devolución de impuestos

Benito Arruñada, catedrático de Organización de Empresas de la Universidad Pompeu Fabra, ha abogado por la conversión de créditos públicos en una nueva forma de quasi-equity, de tal forma, que la deuda tributaria contingente (a la vuelta a beneficios de la empresa en reestructuración), cuya devolución podría realizarse mediante recargos en impuestos sobre beneficios futuros.

También ha explicado que debería mejorarse la colaboración entre entidades privadas y públicas de cara al establecimiento de mecanismos de alerta temprana para los deudores en riesgo de insolvencia.

El profesor Arruñada ha señalado que el derecho concursal español sufre un excesivo protagonismo judicial y unas reglas que intentan favorecer la continuidad ex post, pero sólo logran retrasar la liquidación de empresas inviables. Como consecuencia, los participantes en la empresa (incluidos los propios deudores, que en otro caso no accederían al crédito) tienen interés ex ante en estructurar las transacciones de tal modo que eviten su recurso al propio procedimiento concursal”. En la misma línea, se establece que sería conveniente incluir medidas de mediación, acuerdos extrajudiciales de pagos y convenios, que con la reforma han quedado descafeinados y relegados, como herramientas complementarias contra las situaciones de insolvencia.

José María Fernández Seijo, magistrado de lo Mercantil de Barcelona, considera que el sistema ha fracasado porque el tiempo de los juzgados no es el de las empresas, que precisan de decisiones urgentes. El magistrado considera que “los retos del modelo concursal español deben centrarse en conseguir procedimientos más ágiles, más eficaces, en los que los tiempos judiciales se adecúen a las exigencias de una economía dinámica y competitiva, pero sin merma de garantías para los acreedores”.