Los asquerosos
Los que hayan leído dos de las novelas españolas más recientes que fijan su escenario en la España rural, como son Los asquerosos (2018) de Santiago Lorenzo y La buena suerte (2020) de Rosa Montero, recordarán la relevancia que tiene para sus protagonistas su nuevo hogar en el pequeño núcleo al que acuden huyendo de sus originales hábitats urbanos. Tanto en uno como en otro caso, lo primero que hacen al llegar a su nuevo destino es buscar una vivienda en la que iniciar su nuevo periplo vital. Este hecho no es extraño a todos aquellos que, por una u otra causa, deciden emprender una nueva vida en el ámbito rural. La necesidad vital de una vivienda también es común en aquellos que fijan sus ojos en el medio rural, y la realidad les demuestra que cubrir la misma no siempre resulta fácil, siendo el de la vivienda uno de los principales problemas que aquejan al mundo rural tal y como ha reconocido un reciente estudio de Cruz Roja Española: https://www2.cruzroja.es/web/ahora/-/informe-espana-despoblada
La gran cantidad de casas cerradas; los problemas jurídicos, principalmente los derivados de herencias; las reticencias “al de fuera”; el en ocasiones exacerbado sentido patrimonial de los inmuebles que los resta de que sean ofertados; la necesidad de la rehabilitación de gran parte de ese patrimonio; o la dura competencia con el turismo rural; en definitiva, la falta de oferta suficiente o adecuada; son algunos de los síntomas de este mal que, en no pocas ocasiones, supone un verdadero impedimento para que trabajadores y emprendedores decidan trasladar su vida al medio rural. La idea así de que en este ámbito la vivienda está disponible en cantidad y precio adecuado puede resultar en muchas ocasiones totalmente falsa cuando, antes al contrario, lo que sucede es que existe una oferta escasa y encarecida que supone un freno al desarrollo de nuestros pequeños municipios; algo en lo que deben intervenir los Poderes públicos, pues, como es sabido, ex art. 47 CE, es mandato a estos el intervenir en el mercado inmobiliario a través de las políticas de vivienda para corregir los desequilibrios que se presenten, algo que ha estado presente en ciertos momentos en los ámbitos urbanos, pero que resulta prácticamente inaudito en los rurales. En efecto, las políticas de viviendas, desde la promoción pública a las ayudas se han fijado, hasta ahora, poco o nada en el ámbito rural. La primera está en niveles ciertamente exiguos en los últimos años y los últimos planes estatales anunciados en este sentido, como el Plan 20.000 viviendas, ha centrado sus miras en las cuestiones de grandes urbes como Madrid, Barcelona o Sevilla. Respecto a las ayudas, concentradas en el Plan Estatal de Vivienda y desaparecidas todavía las destinadas a la promoción de vivienda, las que se refieren al alquiler y rehabilitación no han sabido recoger adecuadamente las necesidades y especialidades de los ámbitos rurales. Solo las ayudas a la adquisición de vivienda para jóvenes en municipios de menos 5.000 habitantes han recogido esa necesidad, pero fuera quedan otras tan importantes para paliar esa escasez de oferta adecuada como son las ayudas al alquiler y a la rehabilitación de barrios y edificios -y ello por mucho que algún programa del Plan, ARRUR, haya acogido “la R” de rural como seña identificativa-. Y de medidas fiscales ni hablamos...
A la espera del nuevo Plan estatal, sin embargo, alguna Comunidad Autónoma ya ha decidido abordar con decisión y de manera trasversal el tema, y además de esas anheladas y especiales medidas fiscales -en tributos autonómicos, claro está-, ha introducido en su normativa medidas concretas en materia de vivienda. Es el caso de la reciente y pionera Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, que dedica un artículo específico con medidas para tratar de facilitar el acceso a la vivienda en núcleos de zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación:
1) La falta de oferta y, principalmente, la motivación de la misma pretende ser paliada con la creación de una Oficina de fomento de la vivienda rural, encargada de gestionar una bolsa de éstas. 2) Establecer criterios de incentivación positiva a las personas demandantes de vivienda de protección pública, con estancia efectiva en zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, así como para aquellas personas que quieran fijar en ellas su residencia. La letra pequeña de esta medida habrá de concretarse en programas específicos, pero ya apuntábamos la necesidad de una especialización -en forma de discriminación positiva- en materia fiscal y de ayudas destinadas a la vivienda rural, principalmente en alquiler y rehabilitación. 3) Crear una tipología propia de Vivienda Rural Protegida, cuyas características, que serán fijadas reglamentariamente, contemplarán las peculiaridades arquitectónicas del ámbito rural. Esta podría ser una ocasión, no solo para recoger esas “peculiaridades arquitectónicas”, sino también para pulir las dificultades que las viviendas protegidas típicas tienen en los pequeños municipios del ámbito rural y las especiales necesidades de los demandantes de éstas. 4) Fomentar la reutilización de viviendas ya existentes, la rehabilitación de viviendas y edificios, la mejora de la eficiencia energética de las viviendas existentes, la preservación de la arquitectura rural tradicional, y la declaración de áreas de rehabilitación de los municipios rurales con objeto de recuperar y conservar el patrimonio rural. El fomento de estas líneas de acción, tomadas de los Planes de vivienda, debe ir más allá de la anhelada especialización de las ayudas previstas en éstos y, si bien la ley se refiere al empleo de figuras urbanísticas como son las de los Programas de actuación edificatoria (PAEs), hay que recordar las complejidades que su puesta en práctica pueden tener para pequeños Consistorios, insuficientemente dotados de recursos técnicos y económicos, por lo que tal vez esta medida, si quiere ser efectiva, debiera ser abordada desde instancias superiores. 5) Establecer un programa de financiación para la construcción o rehabilitación de vivienda tanto en propiedad como alquiler. Aquí es de esperar que, más allá de desarrollos más profundos de medidas específicas de ayudas en los Planes de vivienda, se recupere la promoción y gestión pública de viviendas en el medio rural.
Todas estas medidas son pioneras en la materia y marcan una hoja de ruta a desarrollar, que debe contemplarse con actores tan fundamentales en el mundo rural como los Ayuntamientos, los notarios y los registradores de la propiedad, los agentes de desarrollo rural, y en definitiva todo el conjunto de la sociedad en el reto de que nadie se sienta un ajeno, “un asqueroso”, y tenga acogida en un mundo tan nuestro como es el medio rural.