España mantiene el IVA más ineficiente de Europa
Recaudaría lo mismo con un tipo único del 10% por la multitud de exenciones y los tipos, que crea un sistema complejo
España recaudaría lo mismo a través del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) con un tipo único del 10% frente al actual sistema, que mantiene un tipo general del 21%. España tiene el IVA más ineficiente del entorno, con la segunda mayor brecha de tipos -solo superada por Chipre- en toda Europa. La configuración actual, con muchas exenciones y tipos reducidos, tumba los ingresos a tal nivel que permitiría alcanzar los mismos con un flat tax (tipo único) de menos de la mitad.
El montante global en 2017 de beneficios fiscales en el IVA para dicho ejercicio, uno de los últimos años auditados fue de 47.380 millones de euros. El 62,5% de dichos beneficios corresponde a las exenciones y el 37,5% restante a tipos reducidos. Concretamente, los beneficios fiscales generados por los tipos reducidos suponen 29.597 millones de euros, de los cuales un 30% están generados por bases gravadas a tipo superreducido y el 70% restante a tipo reducido.
La comparación de la recaudación de IVA de 2017 (63.647 millones de euros), con el montante de beneficios fiscales (47.380 millones de euros) refleja el elevado coste recaudatorio de exenciones y tipos reducidos. “A modo de ejemplo, la eliminación de todos esos beneficios fiscales permitiría mantener la recaudación actual del impuesto aplicando un tipo único general próximo al 10%. Este sencillo ejercicio deja constancia de las potenciales ganancias de recaudación del impuesto con tipos mucho más reducidos que los existentes en la actualidad”, explican José Félix Sanz Sanz y Desiderio Romero Jordán en uno de sus últimos artículos analíticos publicados por Funcas.
Desde la entrada en vigor de este impuesto en 1986, existe un catálogo de servicios considerados exentos que pueden ser agrupados en siete categorías. Entre ellas, servicios postales, servicios médicos, hospitalarios y de asistencia social, servicios de educación y formación profesional, servicios prestados por entidades sin fines de lucro y federaciones deportivas, loterías y apuestas del Estado, servicios financieros y seguros y alquiler de vivienda habitual. Por diferentes motivos socioeconómicos, dicho conjunto de servicios está exento en el IVA, a diferencia de la gran mayoría de servicios que son gravados con el tipo general del impuesto. Desde la reforma de 2012, el citado tipo general es del 21%, en tanto que los reducidos son del 4% y del 10%. Los tipos reducidos son, por tanto, dos excepciones contempladas en la norma respecto al tipo general del 21%.
España es el segundo país europeo con una brecha del IVA más abultada, en el 26,97%, solo superada por Chipre. “Hay ciertos servicios, como las rentas imputadas, la provisión de bienes públicos y los servicios financieros, que están exentos de IVA por diversas razones. Sería difícil imponerles el IVA”, explica Elke Asen. “Restar la brecha causada por estos servicios de la brecha de política general nos deja con la brecha de política procesable, que es la cantidad de ingresos adicionales del IVA que los legisladores podrían aumentar de manera realista al eliminar las tasas reducidas y ciertas exenciones”, añade. Los expertos coinciden en que, en España y en plena crisis por los efectos del coronavirus, una subida del impuesto y una revisión rápida penalizaría el consumo.