Los riesgos digitales asociados a la tecnología

A consecuencia de la pandemia que estamos viviendo es evidente que se está produciendo una revitalización de la tecnología vinculada a la empresa, la cual se ve abocada a ser un nuevo ente completamente dominado en su funcionamiento por los datos personales, que competirá en un mercado que trata de ser único donde exista la posibilidad de que los datos fluyan libremente entre los diferentes sectores de la actividad económicai.

El escenario ha cambiado de una manera sustancial, y por ello, tanto las personas como todas las empresas deben estar adaptadas a este nuevo escenario competitivo, y en todo caso, tienen que estar plenamente capacitadas para tomar mejores decisiones a partir del conocimiento que aportan los datos. En este sentidoii, “los datos ocupan un lugar central en la transformación digital. Dan forma a la manera en que producimos, consumimos y vivimos. El acceso al creciente volumen de datos y la capacidad de utilizarlos son esenciales para la innovación y el crecimiento.

La innovación basada en los datos puede aportar beneficios importantes y concretos a los ciudadanos, por ejemplo, a través de la medicina personalizada o la mejora de la movilidad, y a la economía europea, desde la mejora de la formulación de políticas hasta la optimización de los servicios públicos”.

Los datos constituyen ciertamente el motor actual de la economía, pero los mismos se encuentran vinculados a nuevas técnicas y dispositivos, que los producen y canalizan. Esta nueva situación se tiene que traducir en el marco de las empresas, en la existencia de nuevas reglamentaciones externas e internas, y en la creación de nuevos valores, criterios y reglas, que desemboquen en métricas que determinen la previsibilidad de la actuación que se lleve a cabo, y la capacidad de crecimiento y mejora de las organizaciones sobre estos nuevos paradigmas. Muchas son las nuevas reglas que se van introduciendo en las empresas en paralelo al desarrollo tecnológico, que son capaces de generar normativas internas novedosas a la que no puede ser ajeno el Compliance. En este sentido, los nuevos derechos digitales vinculados al ámbito laboral, como el derecho a la desconexión digital van a marcar un antes y un después en el desarrollo de la actividad en el seno de la empresa, y son muchas las normativas que se han de construir, donde se determinen aspectos tan importantes como los criterios que han de establecerse para el uso de los dispositivos digitales, sin que ello sea óbice para sufran una merma los derechos a la intimidad que poseen los trabajadores, incluso en su ámbito productivo o profesional.

Esta protección a la intimidad es tributaria de nuevos pactos y acuerdos sindicales o con los legítimos representantes con los trabajadores, siendo necesario el establecimiento de nuevas o pautas, que, en el seno de la empresa, garanticen de una manera eficaz el indicado derecho a la intimidad de dichos trabajadores. Estas nuevas tecnologías conllevan habitualmente la necesidad de proceder a la mitigación de los riesgos digitales de manera preventiva, y por ello, se hace muy necesario desde el punto de vista de la normativa y la organización interna, disponer de elementos de gestión y de monitorización eficientes y eficaces, de modo y manera que la organización sea capaz de establecer mecanismos internos de prevención, capaces de adelantarse al constante cambio que se está produciendo en las mismas, a consecuencia de la irrupción de nuevos elementos tecnológicos, siendo completamente necesario comprender la dinámica de este fenómeno, y tener la capacidad suficiente de abordar de manera satisfactoria estas nuevas áreas de riesgo emergente en la empresa.

En este sentido, es importante considerar el hecho de que el desarrollo tecnológico que estamos viviendo, nos conduce de manera inexorable al cambio de paradigmas en los modelos de trabajo, lo que conduce, sin lugar a dudas a la generación de nuevas estructuras organizativas en el ámbito de la actividad económica de cualquier empresas, lo que a su vez conlleva, nuevas manera de enfocar el trabajo y los procesos productivos, así como la incorporación paulatina de nuevos medios tecnológicos que materialicen y hagan efectivamente posible dicha evolución y tales cambios.

Al hilo de ello, debe tenerse presente la necesidad de recurrir a nuevas tecnologías de carácter disruptivo, que sin lugar a duda generarán nuevos supuestos de riesgos e incertidumbres, muy complejos desde el punto de vista normativo, en aras de la prevención en la comisión de delitos, en la vulneración de la normativa pública y privada que afecta a la empresa, y al necesario respeto a sus valores, criterios, y principios.