Un batiburrillo legislativo y muchas dudas sustanciales ante el fin de la moratoria concursal

Tanto los magistrados mercantiles como los penales consultados por Buen Gobierno, Iuris & Lex y RSC se han mostrado convencidos de que las insolvencias tienen que ser tratadas por el orden Civil y no por el Penal, salvo en el caso de que existan delitos muy graves, como es el caso, del alzamiento de bienes, porque la legislación concursal tiene muchas más herramientas para satisfacer a los acreedores y, además cuenta con potestades ejecutivas y sancionadoras para obligar a pagar a quien no lo hace. Y en esa misma línea, se muestran unánimemente contrarios a la eliminación de la figura de administrador concursal para los procedimientos de las micropymes y autónomos, que se ha introducido en el Anteproyecto de Ley.

La desastrosa forma de legislar de los últimos años ha ido creando situaciones absurdas por las enormes lagunas que se ha generado, haciendo que el juez penal exija toda la documentación para un procedimiento abierto, lo que deja al administrador concursal sin posibilidades de ejercer sus funciones. Es por ello, que los magistrados consultados consideran que debe haber un canal de diálogo entre los jueces, que en estos momentos no existe, pero que es absolutamente necesario y urgente. También, tienen confianza en que el Tribunal Supremo, a través de su jurisprudencia vaya rellenando los huecos legislativos, dando coherencia a las conexiones regulatorias que no funcionan.

Más de 5.000 empresas presentarán concurso de acreedores en 2021, un 30% más que en 2020, según evalúan las fuentes del sector, lo que supone un incremento del 30% respecto al pasado año y una cifra no vista desde el año 2014. Sin embargo, todavía se mantiene activa la moratoria concursal, generando grandes dudas sobre como reaccionarán los acreedores una vez que finalice. ¿Habrá muchas denuncias por la vía penal por gestiones poco diligentes? ¿Se habrán convertido las medidas Covid en una auténtica trampa para los empresarios en situación de insolvencia y acogidos a estas medidas? ¿Es conveniente en estas situaciones solicitar el concurso voluntario para adelantarse a iniciativas más agresivas?

El Anteproyecto de Ley de la Reforma Concursal ha recibido el visto bueno del Pleno del Consejo General del Poder Judicial y en la misma línea que los jueces consultados, considera que no está bien diseñado el procedimiento para micropymes y autónomos. Destaca el Poder Judicial que el anteproyecto establece que este procedimiento se aplicará desde el mismo momento de entrada en vigor de la ley, pero seguidamente se dispone que los artículos relativos a vistas virtuales y medios electrónicos solo entrarán en vigor cuando se disponga de los medios técnicos. Y también, critica que el futuro mecanismo concursal, elimina la actuación del administrador concursal, dejando en manos de los microempresarios y autónomos todo el procedimiento a través de formularios. Casi nada.