Los inspectores piden rebajar la lista de morosos hasta 300.000 euros de deuda

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado reclama que los libros y las facturas estén en un lugar de libre acceso para la Administración y, además, demandan que se incluya el nombre del administrador y del socio mayoritario, en el caso de las personas jurídicas.

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) propone que se rebaje la cuantía para la inclusión en la lista de morosos de Hacienda desde el actual millón de euros hasta los 300.000 euros. Consideran que el impacto social de las deudas impagadas “no viene por las grandes deudas, sino por millones de deudas de elevada, mediana y pequeña cuantía”. En caso de entidades, apuestan por que se incluya en el listado el nombre del administrador o representante legal, y de su socio mayoritario, así como si el deudor está o ha estado en concurso, condenado por delito o ha sido declarado fallido. Además, abogan por que la inclusión en el censo debería conllevar determinadas restricciones aplicables a los deudores incluidos, como la revocación del NIF o la inhabilitación temporal de administradores de empresas deudoras.

Así se plantea en su informe Algunas propuestas contra el fraude fiscal y de reforma de las Administraciones tributarias en el marco del Plan de Resiliencia, que para evitar las limitaciones de entrada en los domicilios de empresas y empresarios, tras la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a incluir estas actuaciones en un plan de inspección previamente abierto, propone la dotación de nuevas facultades de investigación para la Inspección, tales como la posibilidad de realizar actuaciones sin conocimiento del obligado tributario, y en el caso de grandes fraudes, el pago a confidentes para permitir la denuncia de estos delitos.

Libre acceso a los libros

Los inspectores de Hacienda aspiran a que sea obligatorio conservar los libros contables y fiscales, y sus justificantes de apoyo (facturas y medios de pago) en un lugar de libre acceso a la Administración, previamente determinado por el contribuyente y en un domicilio que deberá ser, inevitablemente, un domicilio fiscal o de actividad, para dotar de seguridad jurídica a las actuaciones inspectoras presenciales.

También, se prevé que si no hay un lugar diferenciado del domicilio constitucionalmente protegido, debería habilitarse una zona a estos efectos.

Limitar los aplazamientos

Se propone elevar a rango legal los supuestos de inadmisión de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas regulados reglamentariamente, cuando no se aporte la documentación exigida para evitar demoras cuando se incumplen unos requisitos mínimos.

Además, abogan por limitar las garantías admisibles para lograr un aplazamiento de deudas tributarias a las financieras y primeras hipotecas de bienes inmuebles.

En materia concursal, se pretende reforzar la recuperación de deudas, con la inhabilitación de los administradores de entidades jurídicas insolventes que no hayan solicitado en plazo el proceso concursal. Junto a esa medida se propone que la normativa concursal castigue a los administradores que demoren la petición del concurso, con la condena en la pieza de calificación a abonar el déficit concursal.

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado abogan porque los fraudes más graves o de carácter organizado sufran una especie de “muerte civil”. Para ello, consideran que debería incluirse en la Ley General Tributaria un nuevo régimen especial a los contribuyentes que sean ilocalizables o que no comparecen reiteradamente, a pesar de haber sido notificados al efecto; los testaferros, sociedades pantalla, personas o entidades interpuestas, etc. o que figuren en una trama organizada de defraudación.

También incluyen en la “muerte civil” a las personas declaradas responsables solidarias en los procedimientos tributarios de otras personas o entidades cuya deuda no haya sido ingresada; a las sancionadas por infracciones tributarias firmes en vía administrativa que superen un importe mínimo a fijar.