Función económica del Registro de la Propiedad

Recientemente el Instituto de Estudios Económicos ha publicado un informe titulado La Propiedad Privada en España. En el estudio realizado por el citado Instituto se pone de manifiesto la importancia de los derechos de propiedad para la actividad económica, “el derecho de propiedad es un derecho esencial y un pilar sobre el que se sustentan las sociedades modernas”, establece igualmente una relación importante entre el nivel de las rentas per cápita con relación a la protección del derecho de propiedad y a los índices de competitividad y de libertad económica.

Unos derechos de propiedad debidamente protegidos y bajo un principio de libertad de empresa y de competencia de los mercados permite un mayor avance económico del país.

En el informe del Instituto de Estudios Económicos se afirma con rotundidad que “el Registro de la Propiedad es uno de los principales garantes de los derechos de propiedad ya que mediante su labor aporta seguridad jurídica transparencia en la información y facilidad de transmisión de la propiedad”, no cabe duda que son tres elementos característicos del sistema registral español .

En este sentido es importante resaltar que España en el Indice Internacional de Derechos de Propiedad en su apartado referente a la propiedad real se sitúa ampliamente muy por encima del promedio de la OCDE, estamos muy cerca de Noruega que es el país que encabeza el citado ranking, la importancia de estar situados en la parte alta del ranking es fundamental para atraer inversiones a nuestro país. del prestigio del sistema registral español se configura como uno de los elementos estructurantes de nuestro actual sistema económico.

Uno de los elementos más importantes para obtener esta excelente clasificación en el ranking del Indice Internacional de Derechos de Propiedad es la protección que otorgan los Registros de la Propiedad a los derechos adquiridos inscritos en los mismos.

El Instituto de Estudios Económicos destaca en su informe que”el sistema registral no sería posible sin la existencia de unos profesionales especializados ya que la seguridad jurídica preventiva exige un control previo de la legalidad del negocio que accede al Registro, que exige profesionales jurídicos especializados como son los registradores de la propiedad”, Y añade “un elemento especialmente importante para entender el sistema registral español es que pueden desarrollar su actividad en régimen de profesión liberal con independencia” es decir pueden calificar con total autonomía siempre sometidos a la autoridad superior de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dependiente del Ministerio de Justicia.

El Banco Mundial ya en el año 1996 emitió un informe importante en el que establecía que para implantar en los países que en aquel entonces se iban desarrollando era fundamental aplicar el sistema registral español frente al sistema registral anglosajón de la seguridad del título.

No cabe duda que en materia registral debemos continuar con el avance tecnológico implementando la coordinación con el catastro a través de nuestro programa de bases gráficas, mejorando la interoperatividad entre los distintos agentes que de trabajan en el ámbito inmobiliario, sin olvidarnos de la interconexión entre todos los Registros de la Propiedad y mercantiles de Europa.

Por otro lado nos encontramos en un momento difícil en relación al derecho de propiedad reconocido en nuestro artículo 33 de la Constitución Española, por un lado las distintas legislaciones autonómicas dentro del marco competencial que tienen en materia de vivienda elaboran una serie de normas que menoscaban el derecho de propiedad (expropiación temporal de viviendas), desde un punto de vista estatal tenemos en el horizonte la ya prometida desde hace varios meses ley de vivienda con el controvertido límite a los precios del alquiler en aquellas zonas del país que se encuentran especialmente tensionadas.

Desde mi punto de vista la competencia para regular todos estos temas en materia de vivienda no es del Estado, el Estado tiene competencias en materia de derecho de propiedad, en materia de vivienda las competencias después de la archiconocida sentencia del 97 son de las comunidades autónomas.

No obstante el Registro de la Propiedad brinda una oportunidad de poder proteger los derechos de los arrendatarios mediante la inscripción del contrato de arrendamiento en el mismo .

El Instituto de Estudios Económicos concluye señalando la importancia de la modernización de la Institución Registral en España, armonizando la publicidad registral de los Estados miembros de la Unión Europea y creando un modelo de nota simple europea, y afirma que “la protección de los derechos de propiedad contribuye a la prosperidad de una sociedad genera certidumbre en los agentes económicos tan necesaria en estos momentos, y favorece la captación de inversiones, que son determinantes en el crecimiento tanto a corto como a medio y largo plazo”.