Los okupas pueden acceder al padrón y cobrar la renta mínima

El BOE ha actualizado la resolución del INE que obliga a los ayuntamientos a empadronar a las personas sin domicilio para recibir ayuda social

Los okupas de viviendas ajenas pueden darse de alta en el padrón municipal de la localidad donde habiten para poder acceder a las ventajas que esta situación les puede reportar, como las ayudas del Covid-19, incluida la renta mínima. Así se establece en una resolución de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, publicada ayer en el BOE por la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, cuya titular es la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo

Establece la norma, que abre la puerta al empadronamiento de los okupas, en su artículo 3.3, que “el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio”. Además, se indica que “la correcta aplicación de este criterio determina, por un lado, que se deba aceptar como domicilio cualquier dirección donde efectivamente vivan los vecinos, y, por otro, que pueda y deba recurrirse a un domicilio ficticio en los supuestos en que una persona que carece de techo reside habitualmente en el municipio y sea conocida de los Servicios Sociales correspondientes”.

Fuentes del los Ministerios de Economía y Hacienda hacen notar que se trata de una medida que ya se publicó en 2015, siendo presidente del Gobierno Mariano Rajoy, y que persigue adaptar su situación legislativa a la Ley 39/2015 para posibilitar las tramitaciones de los expedientes relacionados con el empadronamiento por medios electrónicos, así como para acomodarla a la nueva normativa sobre protección de datos. La resolución del INE fue informada en el Pleno del Consejo de Empadronamiento del 13 de noviembre de 2019. La redacción del apartado en cuestión no ha variado.