Los magistrados reclaman que se regule el canal de denuncias

El mejor plan de ‘compliance’ para la empresa es el que nunca llega a los tribunales, ha señalado el magistrado del Tribunal Supremo, Antonio del Moral

La magistrada Mª Ángeles Villegas ha explicado que son las empresas las que están obligadas a detectar ilícitos y por tanto, debería existir la posibilidad de que esto vaya en la función. del compliance officer, por lo que es necesaria “una regulación que complemente el canal de denuncias interno. En su opinión, “la regulación daría a las investigaciones internas un valor en el proceso penal”,

La magistrada ha subrayado en el transcurso de su intervención en una jornada para el análisis de la responsabilidad penal y el cumplimiento en las fundaciones, organizada por Lefebvre Formación, que las investigaciones internas que realiza la empresa cuando sospecha que un empleado o directivo le está robando deben respetar los derechos fundamentales del sospechoso si quiere que las pruebas obtenidas y las conclusiones se admitan en un juicio posterior.

Villegas ha afirmado que debería valorarse la incorporación de la Fiscalía permitiendo que “juegue un papel fundamental en el cumplimiento normativo”. Su propuesta doctrinal se completaba con la introducción de instrumentos de fidelización y recompensas a aquellas empresas que tengan un programa de cumplimiento normativo. Es precisa una “cultura de colaboración con las autoridades y del resarcimiento del daño”. Una cosa que las empresas tienen que comprender es que el puesto del compliance officer no está creado en contra de los empleados. Muchas veces se interpreta que el programa está creado para vigilar a los empleados, que el responsable de cumplimiento va a estar todo el día encima de los empleados, pero eso es un error, porque el primer requisito es que el máximo órgano de gobierno de la empresa esté comprometido.

Antonio del Moral, magistrado del Tribunal Supremo, considera que enfocar el plan de cumplimiento normativo en los Tribunales es un mal planteamiento, dado que hay que poner medios para evitar el delito. Y sobre la figura del compliance officer, Antonio del Moral ha resaltado que “no tiene un plus de responsabilidad mayor que cualquier otro empleado de la fundación. “El mejor plan de cumplimiento es el que jamás llega a un juzgado”.

Por su parte, el fiscal Juan Antonio Frago se refería a la Directiva whistleblowing que obliga a incorporar canales de denuncia en las empresas en las entidades jurídicas de 50 o más trabajadores, matizando que “los canales de denuncias no son obligatorios si no se cumplen estas condiciones”. Tanto Villegas como Frago han resaltado la necesidad de evitar el daño reputacional en las fundaciones gracias a los modelos de cumplimiento normativo.

Para María Isabel Serrano, compliance officer de Repsol, “lo importante es que el programa de cumplimiento esté bien diseñado e integrado en la organización. Primero, “será necesario realizar el análisis de riesgos inherentes a la actividad de la fundación y la concurrencia de los mismos”.

Laura Gonzalvo Diloy, Chief Compliance Officer de Fundación Ayuda en Acción, ha afirmado que “compliance se traduce en dos palabras: sostenibilidad y confianza. Es importante contar lo que estamos haciendo tanto en el interior como el exterior de la organización”.