Todas las empresas deben negociar con los sindicatos

Hasta las empresas más pequeñas deberán acudir a las centrales sindicales mayoritarias para negociar como sus trabajadores recuperarán los días del permiso retribuido recuperable, pero no directamente con sus empleados

Las pequeñas y medianas empresas y los asesores laborales consideran que el sistema de negociación establecido por el Gobierno para la devolución de las horas no trabajadas por el permiso retribuido recuperable (PRR), en el que se encuentran los trabajadores activos no incluidos en los servicios esenciales o en los expedientes temporales de regulación de empleo (Erte) es una concesión “abusiva” del Gobierno a los sindicatos. Para la totalidad de los abogados y graduados sociales consultados se trata de la mayor operación de sindicalización de las empresas de la historia de España. Son ocho días laborables que deberán negociar cómo deben recuperarse empresas y trabajadores con fecha tope del 31 de diciembre de 2020 y respetando lo que fija el Estatuto de los Trabajadores (ET).

Mar Alarcón, Socia de Human&Law y profesora de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) manifiesta que “es evidente que la respuesta tendría que ser negativa puesto que la causa que origina la suspensión de las actividades enmarcadas en el RDL 8/2020 y en el RDL 10/2020 es la misma: la necesidad de contener la pandemia. Ante la misma causa, y la misma situación, la legislación constitucional y ordinaria prohíbe al Estado actuar de manera distinta. A unas empresas no se les puede conceder que solicita en Erte con beneficio en las cuotas, y en las prestaciones por desempleo de los trabajadores y a otras imponerles cuotas y salarios completos por mucho que después tengan que devolver el trabajo no realizado durante el confinamiento. Esta situación podría ser inconstitucional al no tratar de manera igual situaciones iguales, por lo que podría tener un recorrido legal y constitucional interesante”.

Alfredo Aspra, socio responsable del área laboral de Andersen Tax & Legal, considera que cualquier empresa debe acudir a los sindicatos mayoritarios de su sector y si estos no le hacen caso, entonces montar su comisión con los trabajadores de la empresa, pero “sí hasta las empresas más pequeñas deben contactar con los sindicatos”.

Ricardo Gabaldón, presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, denuncia que todas las empresas, incluidos los negocios familiares con un par de empleados, están obligados a solicitar a los sindicatos mayoritarios, tengan representación sindical o no. Joaquín Casanovas, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la URJC, explica que todas las empresas deben abrir una comisión representativa con presencia de los sindicatos más representativos.

El artículo 3 del RD-L 2020, regula que esta recuperación deberá negociarse en un periodo de consultas abierto al efecto entre la empresa y la representación legal de los trabajadores, que tendrá una duración máxima de siete días. Si no existe representación legal, la comisión estará integrada por los sindicatos más representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación. La comisión se constituirá por una persona por cada sindicato que cumpla los requisitos, tomándose las decisiones por las mayorías representativas correspondientes. En caso de no conformarse esta representación, la comisión estará integrada por tres personas trabajadoras de la propia empresa, elegidos conforme a lo recogido en el artículo 41.4 del ET”.

Soraya Muñoz, directora del área laboral de Grant Thornton en Valencia, “la normativa, tal y como está redactada es una auténtica locura por su falta de claridad y lo mal redactada que está, pero yo creo que es interpretable el texto y que las pequeñas empresas no es necesario que consulten con los sindicatos, sino que se puede aplicar directamente el artículo 41 del ET, pero es interpretativo”.