El TC suspende dos artículos del decreto estrella de la Junta

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno central contra dos artículos del decreto estrella de la Junta de Andalucía para esta legislatura. En concreto, el TC ha admitido dicho recurso contra el artículo 13, con exclusión de su párrafo primero, y el artículo 28, apartados 4 y 6, del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. También solicita que se declare la nulidad de los apartados 11, 12, 13, 14 y 15 del artículo 28 por su conexión con el apartado 6 de ese precepto. En el caso del artículo 13, relativo a la modificación de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, el Gobierno de la nación entiende que vulnera la competencia estatal en defensa de los bienes culturales contra la expoliación establecida en la Constitución, así como que corresponde al Estado fijar los estándares mínimos de protección de los bienes culturales. Por su parte, los apartados suspendidos del artículo 28 se refieren al sector audiovisual. Con la modificación del decreto-ley se permitía que cadenas de emisoras de radio sin licencia pudieran emitir publicidad institucional y privada, y que entidades privadas pudieran participar en la gestión de los servicios públicos de comunicación audiovisual local, entre otras cuestiones.