Gonzalo Velarde

Cuatro de cada diez trabajadores españoles se jubilan anticipadamente

La mayoría de retiros anticipados se producen entre los 63 y 64 años. Actualmente, la edad efectiva a la que se abandona el empleo es de 64,6 años pero la ley marca el abandono del mercado laboral a los 65 años y diez meses, en base al periodo de transición iniciado tras la reforma del Sistema de 2011.

El Banco de España ha puesto negro sobre blanco uno de los principales problemas de la Seguridad Social y responsable de buena parte del desequilibrio financiero del sistema encargado de pagar las pensiones en nuestro país: un 40% de los trabajadores españoles se prejubila antes de alcanzar la edad legal de retiro. Un problema que ya ha detectado el Gobierno y que ha situado como un de las principales causas del desequilibrio presupuestario, toda vez que implica el cese de las cotizaciones por parte de empleados que se jubilan anticipadamente y que, además, en muchas ocasiones, cuentan con elevadas bases de aportación.

“Las altas por debajo de los 62 años vienen experimentando un descenso acusado, mientras que las jubilaciones entre 63 y 64 años han aumentado considerablemente. Esto supone un impulso al alza en la edad media de jubilación en el grupo de jubilaciones anticipadas” que, a pesar de concentrar un alto volumen de casos de retiro del mercado laboral, cada vez se aproxima más a la edad legal, según advierte en el Banco de España en el informe analítico sobre Tendencias recientes en la edad de acceso a la jubilación.

En el contexto de una eventual próxima reforma de las pensiones, se ha señalado con frecuencia que uno de sus propósitos debería ser acercar la edad efectiva a la edad legal, “a través de un reforzamiento de los incentivos para prorrogar la edad de jubilación y del establecimiento de requisitos reforzados para el acceso a la jubilación anticipada”. Aquí aboga el supervisor en el estudio por aumentar los incentivos para la permanencia en el mercado de trabajo con arreglo a la edad legal de retiro.

En este sentido, en junio de 2020 la edad efectiva de jubilación se situó en 64,6 años de media, mientras que la edad legal se sitúa en los 65 años y diez meses. En 2027, año en el que finaliza el período transitorio introducido por la reforma del sistema de pensiones de 2011, la edad de jubilación será de 65 años si se acreditan al menos 38 años y seis meses de cotización, y de 67 años en caso contrario.

Según el supervisor, el incremento de la edad efectiva de jubilación durante los últimos años sería el resultado de un aumento neto de la edad media de acceso a la pensión dentro de cada modalidad de jubilación, compensado parcialmente por el incremento del peso de las modalidades de jubilación cuya edad de jubilación es menor -las anticipaciones voluntarias-. Cabe recordar que la jubilación anticipada se ha colocado en el centro de la diana de la reforma de pensiones en España. Toda vez que el objetivo del ministerio de Seguridad Social que capitanea José Luis Escrivá es el de establecer un marco regulador que incentive el retiro laboral más tardío, una vez alcanzada la edad legal de jubilación, actualmente en 65 años y diez meses, e incluso permanecer en el trabajo más allá. Sin embargo, el Banco de España asegura que los incentivos para estos supuestos de jubilación tardía son “inexistentes”.

Así lo asegura en uno de sus últimos análisis el director general de Economía y Estadística del Banco de España, Óscar Arce, quien ve “absolutamente legítimo” que se pudiesen volver a vincular las pensiones al IPC, si bien cree que debería ir aparejado a la aplicación “automática” de posibles medidas como la mejora de los “muy débiles y prácticamente inexistentes” incentivos para trabajar más allá de los 65 años, ampliar el periodo de cálculo para la pensión, aumentar los ingresos incluso con figuras impositivas e impulsar los planes de ahorro privado, como planes de pensiones o productos financieros como la licuación de patrimonio inmobiliario.

Entre la batería de posibles opciones, el supervisor incide en que el retraso de la edad de jubilación es un elemento “potente” para moderar los gastos, ya que, según cálculos de la AIReF, por cada año de retraso de la edad efectiva de jubilación, el gasto en pensiones en 2048 bajaría entre 0,4 y 1,2 puntos porcentuales de PIB. Así, apunta que el efecto de la reforma de 2011 que fijó el aumento progresivo de la edad de jubilación hasta los 67 años en 2027, tiene un “impacto limitado”, ya que la edad efectiva es de 64,5 años respecto a los 65,8 años de la edad legal.

En cuanto a posibles medidas de aumento de ingresos, asegura Arce que eliminar el tope máximo de cotización tendría un “potencial recaudatorio alto”, si bien advierte de que podría afectar negativamente a la demanda de trabajo y generar un aumento del gasto de pensiones a futuro, salvo que se mantenga el límite impuesto para la pensión máxima, en cuyo caso el carácter contributivo del sistema se vería minorado.

Sobre un eventual incremento de la imposición, el supervisor considera que “puede ser una alternativa”, pero recuerda que las cotizaciones sociales están por encima de la media de la UE, la iniciativa afectaría a toda la población, incluyendo a los propios pensionistas, y podría tener implicaciones sobre el carácter contributivo del sistema. Por otra parte, sobre el ahorro privado, asegura que en España aún hay “margen” para incentivar los planes de pensiones, ya que en 2017 solo un 23% de hogares españoles tenía un plan de pensiones individual, seis puntos menos que la media del Eurosistema.

Reforma sin efectos

El Banco de España pone de relieve que esta medida ha sido “limitada” por el notable porcentaje de altas que acceden a la jubilación según la normativa previa a la de 2011, así como por las disposiciones que permiten mantener en los 65 años la edad legal de jubilación para las personas con carreras de cotización suficientemente largas.

El organismo señala que la edad de acceso a la jubilación ha mostrado una tendencia creciente desde 2006. En concreto, entre ese año y septiembre de 2018 aumentó alrededor de nueve meses, de 63,5 a 64,2 años. Además, los últimos datos publicados, correspondientes a junio de 2020, indican que ese mes alcanzó un nivel aún más alto, hasta llegar a los 64,6 años. Sin embargo, apunta que este incremento de la edad efectiva de jubilación no ha sido constante a lo largo de los últimos años. En 2013, cuando entró en vigor la reforma de 2011, la edad de jubilación creció considerablemente y se situó en 64,3 años. En los años siguientes descendió y a partir de 2016 repuntó de nuevo.

Según los datos de los autores del artículo al que hace mención el Banco de España, en términos netos, un aumento de un año en la edad efectiva de jubilación se traduce en un ahorro, desde el punto de vista actuarial, de un 0,9% en el gasto asociado a las nuevas altas de jubilación, “siempre que la edad ordinaria y, por tanto, los coeficientes reductores por edad que establece la normativa no cambien”. No obstante, el supervisor cree que este ahorro no sería homogéneo por modalidades de jubilación. Según el artículo recogido por el Banco de España, un aumento de la edad efectiva, implicaría un mayor ahorro en el gasto en pensiones si se acompañase de un incremento de coeficientes reductores.