El Gobierno margina al agua en su plan para la transición ecológica
La Ley de Cambio Climático apenas menciona en su desarrollo a la gestión hidráulica, que también se ha quedado sin convocatoria específica para optar a las ayudas europeas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE)
La nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética enfrenta el segundo trimestre del año superando los cauces parlamentarios que la sitúan a las puertas de convertirse en la primera norma nacional que dota a España de las pautas para afrontar la pelea contra el calentamiento global y que coloca a nuestro país en la línea de los compromisos adquiridos (y también exigidos) por la Unión Europea y defendidos igualmente por la ONU. Así, tras declarar primero en enero de 2020 el Consejo de Ministros la emergencia climática en España, soportar retrasos derivados de la situación sanitaria y superar, también, los primeros exámenes del Parlamento, la Ley acaricia su entrada en vigor y la obligatoriedad, entonces, de observar los preceptos que establece.
La reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en, al menos, un 23% respecto a las de 1990, así como alcanzar una penetración de energías renovables de, al menos, un 42% en el consumo de energía final y de un 74% en la generación de la electricidad son las metas fijadas para esta década. Más allá, el horizonte se sitúa en el 2050, cuando el parque de turismos no deberá generar emisiones directas de CO2, el 100% de la generación eléctrica tendrá que ser renovable y, por último, España estará obligada a ser climáticamente neutra.
El agua, recurso no transversal de la Ley
A pesar de que el preámbulo de la Ley apunta como ineludible la gestión, de forma responsable, “de nuestro patrimonio común, el agua, los suelos, la biodiversidad”, todos ellos definidos como recursos “escasos y frágiles”, esta alusión al agua apenas se replica una veintena de veces a lo largo de todo el texto, que se fija en los recursos hídricos en, únicamente, dos artículos (el 6 y el 17) y una disposición final (la cuarta).
El documento reconoce que la región mediterránea es una de las zonas del planeta más sensible a los envites del cambio climático y conmina al Gobierno a evaluar estos efectos y trazar planes que los amortigüen. En este sentido, incluye la variable climática en las políticas sectoriales y recoge, por primera vez en una Ley, la necesidad de activar políticas de adaptación que permitan anticiparnos a los efectos del cambio climático, así como medidas para favorecer la recuperación tras los daños provocados por este fenómeno en los ecosistemas y también en los diferentes sectores socioeconómicos.
En este punto se refiere, por ejemplo, a las construcciones e infraestructuras que se han vuelto extremadamente vulnerables a los temporales que, cada vez con más frecuencia y virulencia, se producen en la costa española, obligando a incluir los efectos del cambio climático en su proyección.
En cuanto a la planificación y la gestión hidráulica, el documento únicamente menciona que se deberá incluir un análisis de los riesgos derivados de los previsibles impactos que el calentamiento global tendrá sobre el volumen de los caudales hidrológicos. Esto implica establecer nuevos sistemas de previsión y análisis que permitan reevaluar los periodos de retorno ante el incremento de los fenómenos climáticos extremos, en forma de torrencialidad o sequía intensa, con el objetivo de garantizar la disponibilidad real del agua frente a la tradicional gestión de los recursos hídricos a partir de la demanda.
“La planificación y la gestión hidrológica, a efectos de su adaptación al cambio climático, tendrán como objetivos conseguir la seguridad hídrica para las personas, para la protección de la biodiversidad y para las actividades socio-económicas, de acuerdo con la jerarquía de usos, reduciendo la exposición y vulnerabilidad al cambio climático e incrementando la resiliencia”, señala el texto.
Sin embargo, ese carácter preventivo que marca la Ley no es ninguna novedad, ya que se encuentra recogido también en la Directiva Marco del Agua y en los Planes Hidrológicos de Segundo Ciclo, que incorporan planes de inundación y sequía, marcando incluso pautas distintas para gestionar una situación de sequía y una de escasez.
Por otro lado, el articulado también recalca que “deberán adecuarse a las directrices y medidas que se desarrollen en la Estrategia del Agua para la Transición Ecológica”, un plan que, según se dispone en el mismo documento, tendrá que ser aprobado en el plazo de un año tras la entrada en vigor de la Ley.
El agua también se queda sin PERTE
A finales del pasado mes de abril, el Consejo de Ministros dio luz verde al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, un programa compuesto por 110 inversiones y 102 reformas con el que aspira a captar unos 140.000 millones de euros en ayudas y créditos blandos europeos para iniciar la recuperación post Covid. La digitalización de la economía, su transición hacia un modelo más ecológico, la capacitación del capital humano, la cohesión territorial y la igualdad de género son los ejes transversales de este programa, que deberá ser validado por el ejecutivo comunitario en los dos próximos meses.
Para garantizar la efectiva ejecución de los proyectos recogidos en el Plan de Recuperación, España ha decidido apoyarse en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE), una nueva figura de colaboración público-privada a través de la cual todos los sectores económicos trasladaron al Gobierno aquellos proyectos susceptibles de ser ejecutados en línea con las convocatorias de interés marcadas por los Ministerios.
En ninguna de ellas, sin embargo, parece haber encontrado su sitio el agua, que se ha quedado sin convocatoria específica para que sus planes opten a recibir los fondos europeos, a pesar de que el sector, en coordinación con la Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua Urbana (Aga) y la Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (Aeas), identificó unos 500 proyectos susceptibles de recibir las ayudas comunitarias, con una inversión prevista de 13.750 millones.
Tras analizar con detalle todas las iniciativas detectadas, Aga seleccionó los 50 proyectos más necesarios, que mejor se ajustaban a los requisitos de Bruselas y que podían licitarse y ejecutarse en el período 2021-2023 contribuyendo, por tanto, a la recuperación de la crisis provocada por el coronavirus. Entre todos sumaban una inversión total de 7.950 millones de euros.
“Los proyectos propuestos sirven para solucionar los problemas actuales del país -obsolescencia de instalaciones y problemas en depuración, principalmente- y están pensados con visión de medio y largo plazo. Sólo de esta manera se podrá dejar un sistema de agua a las generaciones futuras aún mejor del que disfrutamos hoy en día”, señalan desde la patronal.
Gran parte de los proyectos presentados se centran en la renovación de infraestructuras, ya que según los cálculos que manejan las empresas del ciclo integral del agua, el sistema completo de agua urbana español, necesita una inversión de 50.000 millones de euros en la próxima década si quiere cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030. Es decir, para mantener y renovar la infraestructura existente y construir la nueva necesaria, se necesitan 5.000 millones al año de aquí a 2030, una cifra que se encuentra muy lejos de la inversión real, ya que el déficit calculado se fija en hasta un 50%.
Además de las ventajas directamente asociadas a esta actividad, un estudio elaborado por PwC para Aga y Aeas señala que cubrir el déficit de inversión permitiría generar 43.000 empleos, aumentaría el PIB en más de 1.800 millones, acabaría con las sanciones europeas por la mala depuración -cuyo importe desde 2018 supera ya los 40 millones-, mejoraría la calidad del suministro y aumentaría la disponibilidad de recurso hídrico, entre otros muchos beneficios.