Condena por inacción climática al Estado francés: posibles implicaciones

Los litigios climáticos proliferan a gran velocidad por todo el planeta en un intento de obligar a los Estados a que actúen en consecuencia con los compromisos asumidos en virtud del Acuerdo de París.

Según datos del Sabin Center for Climate Change Law, la cuenta de los litigios climáticos a nivel global asciende a 1770. Y, aunque Estados Unidos es el territorio en el que los litigios climáticos se han producido en mayor medida (un 75% de los casos se presentaron en este país), en Europa también se acude a la litigación climática, cada vez con mayor frecuencia, para lograr una respuesta de los Estados miembros, y de la propia Unión Europea, más ambiciosa y efectiva.

Pese a que los resultados de estos litigios no siempre son favorables para los demandantes, una reciente sentencia de un tribunal francés ha marcado un punto de inflexión en este país. El conocido como caso del siglo, se inició mediante la demanda presentada en marzo de 2019 por diversas organizaciones ecologistas (Notre Affaire à Tous, Oxfam, Fondation Nicolas Hulot pour la Nature et l’Homme y Greenpeace Francia) ante el Tribunal Administrativo de París. Las peticiones de los demandantes consistían, en esencia, en que se condenase al Estado francés a pagarles la cantidad de un euro en concepto de indemnización por el perjuicio moral ocasionado como consecuencia de su falta de lucha contra el cambio climático y a pagarles un euro como indemnización por daños ecológicos. También solicitaban que se instase al primer ministro del país y a los ministros competentes a que pusiesen fin a todos los incumplimientos del Estado en materia de lucha contra el cambio climático, adoptando las medidas necesarias.

El 3 de febrero de 2021, el Tribunal Administrativo de París estimó parcialmente las peticiones de las organizaciones demandantes. La sentencia condenó al Estado francés a indemnizar el perjuicio moral de las asociaciones por un importe de un euro y ordenó una investigación adicional de dos meses para pronunciarse sobre la solicitud de ordenar al Estado a que adopte todas las medidas para alcanzar los objetivos que Francia se ha fijado en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Por ahora, a falta de que el Tribunal se pronuncie sobre las medidas concretas que Francia deberá adoptar, la sentencia únicamente se traduce en el pago de un euro. Pero, pese a que el importe de la condena pudiera considerarse como simbólico, se trata de un caso pionero y relevante, pues sienta un precedente al considerar que la falta o insuficiente actuación del Estado en materia climática ocasiona un daño ecológico, y que, en consecuencia, debe actuar para repararlo.

En un futuro próximo conoceremos en qué medidas concretas se traducirá esta sentencia y qué impacto tendrá en litigios pendientes de resolución y que puedan plantearse en lo sucesivo. En particular, cabrá ver qué efecto tiene en la resolución del litigio climático planteado por el municipio de Grande-Synthe -situado en la costa francesa y afectado por la subida del nivel del mar a consecuencia del cambio climático-, que se encuentra pendiente de sentencia. En este sentido, el Consejo de Estado (el más alto tribunal de Francia), en el mes de noviembre de 2020, concedió un plazo de tres meses al Estado francés para que justificase cómo pretende cumplir los objetivos de reducción de emisiones a 2030.

Cabe recordar que Francia ha revisado a la baja sus objetivos de reducción de emisiones entre 2019 y 2023 el año pasado, y, según palabras del Consejo de Estado “impondrá realizar una reducción de las emisiones a un ritmo que jamás se ha logrado hasta ahora”.

Los litigios climáticos contribuyen a visibilizar la necesidad de actuar contra el cambio climático, concienciando a la población e impulsando la actuación de los poderes públicos para cumplir los compromisos asumidos.

La resolución de estos litigios, como en el caso francés, aporta interpretaciones de la normativa internacional y de la Unión Europea en materia climática y estrategias de defensa. Por ello, su importancia traspasa fronteras, pudiendo servir de inspiración para el planteamiento y resolución de nuevos litigios, como el que actualmente se sigue ante el Tribunal Supremo español, a raíz de la demanda presentada por Greenpeace España, Oxfam Intermón y Ecologistas en Acción.

Precisamente, esta demanda ancla su fundamentación en el precedente de litigios climáticos, como el del caso Urgenda, que condenó al gobierno holandés a tomar acciones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 25% respecto a 1990, aumentando su nivel de ambición climática un 5% respecto a 2020, por encima de los objetivos marcados por la Unión Europea.

En cuanto a la posibilidad de que exista un litigio climático a nivel europeo, por ahora, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado esta posibilidad. No obstante, la presentación de demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la modificación de la normativa europea relativa al Convenio de Aarhus, y la futura aprobación de una ley del clima a nivel europeo, podrían suponer un cambio hacia la posibilidad de exigir responsabilidad a las instituciones europeas en cuanto a su actuación frente al cambio climático.

Finalmente, con independencia del éxito que puedan tener los litigios climáticos, lo cierto es que la justicia es sólo una herramienta más al servicio de la sociedad para lograr una respuesta eficaz ante el grave y acuciante problema al que nos enfrentamos.

De hecho, la sentencia del caso del siglo no ha impedido que se vuelva a cuestionar la ambición climática de Francia reflejada en la nueva ley de cambio climático que se pretende aprobar. Entre otros motivos, por apartarse de las propuestas planteadas la Convención Ciudadana por el Clima.