¿Puede un agricultor jubilado seguir cobrando la PAC?

Para poder seguir cobrando la PAC puede tener dos opciones. La primera es continuar siendo agricultor activo, esto es que siga teniendo actividad agraria y al menos el 20% de los ingresos agrarios lo sean por venta de producción y como máximo el 80% de esos ingresos provengan de ayudas directas. Y aunque para cobrar la PAC no se exige estar dado de alta en la Seguridad Social, hay que tener en cuenta que si los ingresos agrarios que reciba superan el Salario Mínimo Interprofesional anual debe pasar a la situación de jubilación activa siempre que cumpla los requisitos: cobrará el 50% de la pensión de jubilación, pero podrá recibir ingresos agrarios superiores, y deberá cotizar una pequeña cantidad.

Si los ingresos agrarios no superan el SMI anual podrá cobrar el 100% de la pensión, si bien deberá comunicar a la Seguridad Social que va a tener una mínima actividad agraria para evitar sanciones y la pérdida de la pensión.

Hay que tener en cuenta que en 2023 cambiara el concepto de agricultor activo y presumiblemente serán aquellos que estén dados de alta en la Seguridad Agraria o que tengan unos ingresos agrarios que supongan el 25% de los ingresos totales o que cobren menos de 5000 euros de PAC

La otra opción es estar incluido en el régimen de pequeños agricultores -cobrar menos de 1250 euros de la PAC-. En este caso no tendrá que justificar ser agricultor activo para cobrar, pero debe tener en cuenta que se deberá contabilizar como un ingreso de actividad agraria y para tener en orden su situación con la Seguridad Social y poder cobrar el 100% de la pensión -siempre que los ingresos totales por la actividad no superen el SMl-, debe comunicarse.